Corte da la razón a padres de Ayotzinapa y revoca acuerdo de 2018

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en favor de los padres de los 43 estudiantes desaparecidos de Ayotzinapa, al revocar un acuerdo de 2018 emitido por el entonces ministro presidente, Luis María Aguilar Morales.

Por unanimidad de votos, los ministros de la Primera Sala determinaron que no corresponde al Máximo Tribunal analizar los incidentes de inejecución de sentencia relacionados con la desaparición de los normalistas, sino al Tribunal Colegiado que asumió las funciones del extinto Tercer Tribunal Unitario de Tamaulipas.

La decisión de la SCJN se originó en una controversia sobre la competencia para resolver las sentencias de amparo que otorgaron protección constitucional a ocho imputados en el caso Ayotzinapa, entre ellos Gildardo López Astudillo, alias “El Gil”, señalado como líder del grupo Guerreros Unidos, vinculado con la desaparición de los 43 estudiantes.

En 2018, Aguilar Morales reasumió su competencia para resolver un incidente de inejecución de sentencia, iniciando un proceso que los padres de los normalistas consideraron injustificado y contrario a la doctrina de la propia Corte y a la Ley de Amparo. Los familiares de los estudiantes desaparecidos presentaron un recurso de reclamación argumentando que la vigilancia del cumplimiento de estas sentencias debía recaer en el Tribunal Colegiado de Circuito y no en la Suprema Corte.

El martes pasado, la Primera Sala, con la ministra Loretta Ortiz Ahlf a la cabeza, respaldó la postura de los padres de los normalistas. El expediente será remitido al Tribunal Colegiado correspondiente, el cual deberá determinar si las autoridades incumplieron las sentencias de amparo que, entre otras cosas, ordenan a la Fiscalía General de la República (FGR) abrir nuevas líneas de investigación sobre la desaparición y examinar posibles casos de tortura contra los acusados.

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