Así se aplicará la Ley Seca en México durante las próximas elecciones del 2 de junio

En México la llamada “Ley Seca” es una medida implementada durante periodos electorales y eventos importantes para restringir la venta y consumo de bebidas alcohólicas. Esta normativa busca mantener el orden y la tranquilidad durante estos momentos críticos, evitando posibles disturbios o conflictos relacionados con el exceso de alcohol.

Por lo general, la Ley Seca se aplica desde unas horas antes del inicio de la jornada electoral o del evento en cuestión, hasta su conclusión, aunque los horarios pueden variar según las disposiciones locales o estatales.

Cabe destacar que durante la vigencia de la Ley Seca, se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos como tiendas de conveniencia, supermercados, puestos ambulantes y cualquier otro punto de venta de alcohol. Asimismo, se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos y se establecen sanciones para quienes infrinjan esta normativa.

¿En que lugares aplicará la Ley Seca el 2 de junio?

Debido a que el Instituto Electoral local solicitó a la Secretaría de Gobierno la implementación de esta medida, la instancia acreditó mediante la la Gaceta Oficial de la Federación que esta aplique en la Ciudad de México desde las las 00:01 horas del sábado 1 de junio y hasta las 23:59 horas del 2 de junio la prohibición de la venta de bebidas embriagantes.

Vale la pena señalar que esta medida se tomará a en todos los estados del territorio nacional, esto con el único fin de promover un ambiente pacífico y ordenado durante el desarrollo de las elecciones el 2 de junio.

Es importante destacar también que medida aplica en las 16 alcaldías y en los establecimientos mercantiles ubicados en todo el territorio que comprende a la Ciudad de México, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación, incluyendo el servicio a domicilio.

De acuerdo con la Gaceta Oficial capitalina “se exceptúa el consumo de bebidas alcohólicas en copeo con alimentos (no botanas) al interior de restaurantes. La venta en envase cerrado para consumir fuera de los establecimientos mercantiles deberá entenderse como suspendida”.

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