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Levantan medidas cautelares a Brenda Quevedo tras casi 20 años sin sentencia por el caso Wallace

Después de casi dos décadas sometida a un proceso penal sin sentencia, Brenda Quevedo Cruz quedó un paso más cerca de recuperar plenamente su libertad luego de que un juez federal ordenara el levantamiento de las medidas cautelares que le habían sido impuestas en 2024, entre ellas el arraigo domiciliario y el uso de un brazalete electrónico
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Después de casi dos décadas sometida a un proceso penal sin sentencia, Brenda Quevedo Cruz quedó un paso más cerca de recuperar plenamente su libertad luego de que un juez federal ordenara el levantamiento de las medidas cautelares que le habían sido impuestas en 2024, entre ellas el arraigo domiciliario y el uso de un brazalete electrónico.

La determinación fue adoptada después de una audiencia que se prolongó durante casi 12 horas ante el Primer Juzgado de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México. De acuerdo con la información proporcionada por la defensa, el encargado de despacho, Juan Alfredo Buendía, resolvió retirar las restricciones que mantenían a Quevedo bajo vigilancia y confinamiento domiciliario, además de ordenar la remoción del dispositivo electrónico que portaba en el tobillo desde hace más de un año.

La resolución representa un nuevo giro en uno de los procesos penales más controvertidos de las últimas dos décadas en México: el llamado caso Wallace, iniciado a partir de la desaparición de Hugo Alberto Wallace Miranda en 2005 y que derivó en la acusación contra varias personas, entre ellas Brenda Quevedo.

El proceso, sin embargo, no ha concluido. Quevedo continúa sujeta al procedimiento penal y, hasta ahora, no existe una sentencia que determine su responsabilidad penal. La decisión judicial modifica las medidas cautelares, pero no equivale por sí misma a una absolución.

La audiencia fue solicitada por la abogada Karla Salas, quien planteó que las circunstancias que habían justificado las medidas cautelares habían cambiado sustancialmente. Entre los elementos centrales de la petición estuvo el fallecimiento de Isabel Miranda de Wallace, ocurrido el 8 de marzo de 2025. La empresaria y activista fue quien encabezó durante años la búsqueda de su hijo y sostuvo públicamente las acusaciones contra quienes señalaba como responsables de su presunto secuestro y homicidio.

En junio de 2024, Quevedo había conseguido abandonar la prisión preventiva después de permanecer más de 15 años privada de su libertad sin recibir sentencia. En aquella ocasión, un juez federal modificó la medida cautelar y le permitió continuar el proceso bajo arraigo domiciliario, vigilancia permanente y un localizador electrónico, además de restricciones para desplazarse fuera de la zona autorizada.

Ahora, la defensa sostuvo que tampoco existen elementos actuales que justifiquen mantener esas restricciones. Para respaldar su solicitud presentó 44 datos de prueba, de los cuales, según la información proporcionada por el equipo jurídico, el juez admitió 39.

La defensa utilizó esos elementos para argumentar que Quevedo no representa un riesgo para otras personas, que cuenta con arraigo familiar y que no existen condiciones que hagan presumir un intento de fuga. También presentó documentación relacionada con las afectaciones que las medidas restrictivas habrían provocado en su salud, así como dictámenes, informes oficiales y peritajes elaborados por especialistas y por instituciones relacionadas con la atención a víctimas.

Como alternativa a las medidas que finalmente fueron levantadas, la defensa había propuesto que Quevedo acudiera una vez al mes ante el juzgado para firmar y que mantuviera la prohibición de abandonar el país mientras concluye el procedimiento.

La representación jurídica de Quevedo ha sostenido que el objetivo de la defensa no es solamente modificar las condiciones en las que enfrenta el proceso, sino conseguir que se reconozca la ausencia de elementos suficientes para mantenerla sometida a restricciones después de casi 20 años de proceso penal.

La revisión de las medidas cautelares se produjo además en un momento particularmente relevante para el expediente, debido a la muerte de Miranda de Wallace. Su fallecimiento, ocurrido a los 73 años, fue confirmado públicamente en marzo de 2025.

Durante la audiencia también participaron representantes de la parte acusadora. De acuerdo con la información de la defensa, estuvieron presentes Yohann Torres, asesor jurídico de Alto al Secuestro, organización fundada por Miranda de Wallace, así como una persona identificada en el procedimiento con las iniciales AIWM, presentada como víctima indirecta, y Karen González, coordinadora de agentes del Ministerio Público de la Federación.

La representación acusadora argumentó, entre otros aspectos, que la persona identificada como AIWM se sentía en riesgo. La defensa respondió con documentos anteriores en los que, según expuso durante la audiencia, tanto el propio asesor jurídico como AIWM habían manifestado que no requerían protección de la Guardia Nacional u otra corporación.

De acuerdo con fuentes de la defensa, durante la diligencia se produjo además un intercambio particularmente tenso entre las partes y el juzgador llamó la atención a integrantes de la representación acusadora por algunos de sus señalamientos y calificativos.

La audiencia había sido solicitada desde marzo de 2026, pero inicialmente la petición fue rechazada. Posteriormente, el encargado de despacho del juzgado fijó una nueva fecha para revisar las condiciones de Quevedo. La diligencia se realizó de manera digital desde el domicilio donde ella permanecía bajo arraigo domiciliario.

El caso que la mantiene vinculada a proceso se remonta a julio de 2005, cuando desapareció Hugo Alberto Wallace Miranda. Isabel Miranda de Wallace sostuvo que su hijo había sido secuestrado y posteriormente asesinado, y durante los años siguientes impulsó públicamente la identificación y captura de quienes consideraba responsables.

Brenda Quevedo fue detenida en Estados Unidos y posteriormente extraditada a México. Permaneció en prisión durante años sin recibir sentencia, hasta que en junio de 2024 obtuvo el cambio de la prisión preventiva a una medida de arraigo domiciliario.

El expediente también ha sido objeto de cuestionamientos relacionados con la obtención de declaraciones y denuncias de tortura. Uno de los casos centrales es el de Juana Hilda González Lomelí, otra de las personas acusadas en el expediente, cuya situación jurídica fue revisada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Las irregularidades relacionadas con la confesión de González Lomelí han sido documentadas en resoluciones y trabajos periodísticos. Su caso se convirtió en uno de los principales elementos para cuestionar la forma en que fueron obtenidas algunas de las pruebas que dieron origen al proceso.

La situación de Quevedo también ha sido incluida en el debate nacional sobre la prisión preventiva y el arraigo. En marzo de 2026, ella y otras personas que permanecieron durante años privadas de la libertad sin sentencia participaron en una solicitud para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación realizara audiencias públicas relacionadas con la eliminación de la prisión preventiva oficiosa y el arraigo. En ese contexto, organizaciones y abogados señalaron que el problema afecta a miles de personas procesadas sin una resolución definitiva.

El caso Wallace ha sido objeto de investigaciones periodísticas y análisis jurídicos durante años. Algunas investigaciones han señalado inconsistencias en la narrativa original del secuestro y en las pruebas utilizadas contra los acusados, mientras que las autoridades judiciales han mantenido el proceso dentro de los cauces correspondientes. Por ello, resulta necesario distinguir entre las acusaciones formuladas por las partes, las denuncias de irregularidades y tortura y aquello que ha sido efectivamente establecido mediante resoluciones judiciales.

La defensa de Quevedo sostiene que su caso se construyó sobre pruebas obtenidas ilegalmente y que, al no existir una sentencia en su contra después de casi dos décadas, no existe justificación para mantener restricciones severas sobre su libertad.

El propio paso del tiempo constituye uno de los elementos centrales de la controversia. Quevedo fue detenida hace casi 20 años y pasó la mayor parte de ese periodo en prisión preventiva. En 2024 abandonó el centro penitenciario, pero no recuperó plenamente su libertad: quedó confinada en su domicilio, bajo vigilancia y con un dispositivo electrónico.

La resolución adoptada ahora modifica sustancialmente ese escenario. Al desaparecer el arraigo domiciliario y el brazalete electrónico, Quevedo podrá enfrentar el procedimiento con un nivel de libertad considerablemente mayor al que tuvo durante los últimos años.

Sin embargo, el proceso penal permanece abierto. La decisión sobre las medidas cautelares no determina por sí misma si Quevedo es culpable o inocente de los delitos que se le atribuyeron, por lo que la resolución de fondo sobre su situación jurídica todavía está pendiente.

El expediente Wallace, iniciado hace más de dos décadas, continúa así sin una conclusión definitiva para todos los involucrados. Mientras algunas acusaciones han sido debilitadas por resoluciones judiciales y cuestionamientos sobre la legalidad de determinadas pruebas, otras personas relacionadas con el proceso continúan sujetas a procedimientos penales.

La muerte de Isabel Miranda de Wallace modificó el contexto humano y jurídico del caso, pero no puso fin al expediente. Su fallecimiento no extingue automáticamente las responsabilidades que pudieran derivarse de una investigación penal ni determina el resultado del proceso contra quienes fueron acusados. Lo que sí cambió fueron las circunstancias que la defensa utilizó para solicitar una nueva revisión de las medidas cautelares impuestas a Quevedo.

Después de casi 20 años sin sentencia, la resolución del juzgado representa para Brenda Quevedo un avance significativo hacia la recuperación de su libertad, aunque todavía queda pendiente el desenlace definitivo del proceso penal que comenzó cuando fue señalada por su presunta participación en el caso Wallace.

El expediente que durante años ocupó un lugar central en el debate público sobre el secuestro, la seguridad y la justicia en México permanece, por tanto, abierto. La pregunta que ahora queda sobre la mesa ya no es únicamente cuánto tiempo más deberá esperar Quevedo para conocer una sentencia, sino si el sistema judicial será capaz de ofrecer una resolución definitiva sustentada en pruebas obtenidas conforme a derecho y con pleno respeto a las garantías del debido proceso.

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