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El TEE revoca inelegibilidad de Alfonso Robledo y ratifica curul para Movimiento Ciudadano

El TEE revisó el expediente relacionado con el juicio de alimentos y determinó que no hubo una sentencia que declarara a Robledo como deudor alimentario moroso al momento de su registro como candidato.
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El Tribunal Estatal Electoral (TEE) de Nuevo León revocó la inelegibilidad de Alfonso Robledo, excandidato de Movimiento Ciudadano por el Distrito 15, tras ser acusado de ser deudor alimentario.

La decisión del tribunal permite que Robledo sea considerado para ocupar una curul en la próxima legislatura si resulta beneficiado en la asignación de representación proporcional.

El TEE revisó el expediente relacionado con el juicio de alimentos y determinó que no hubo una sentencia que declarara a Robledo como deudor alimentario moroso al momento de su registro como candidato.

“En la fecha en que el partido Movimiento Ciudadano presentó ante el Instituto electoral local la solicitud de registro de Robledo para ser candidato a Diputado local por el Distrito local 15. Lo cual aconteció el 19 de marzo, se demostró plenamente que no se ubica en el supuesto de inelegibilidad para ocupar un cargo de elección popular”, se indicó en la resolución.

Además, los magistrados señalaron que Robledo fue notificado el 11 de abril sobre el requerimiento de pago de pensión y que cumplió con dicha obligación en la misma fecha, lo que despeja cualquier impedimento legal para su participación en la próxima legislatura.

En sus redes sociales, Robledo celebró la resolución a su favor y manifestó su agradecimiento.

Aunque Robledo no obtuvo la curul en las elecciones pasadas, esta resolución le permitiría integrarse a la próxima Legislatura si es favorecido en la asignación de escaños por representación proporcional.

En otro fallo relevante, el TEE ratificó la asignación de una curul para Movimiento Ciudadano en la siguiente legislatura, confirmando así la décima diputación para el partido tras declarar ganador a Armando Víctor Gutiérrez.

Durante la sesión, la magistrada Claudia Patricia de la Garza explicó un error en el registro del nombre de un funcionario de casilla en la elección.

“Se trata de un error muy cotidiano en los funcionarios de casilla, asentar un nombre, un apellido de manera incorrecta y ha sido un criterio reiterado por este Tribunal”, indicó.

A pesar de este contratiempo, De la Garza argumentó que la votación en las casillas afectadas fue válida.

El magistrado presidente Jesús Bautista había propuesto otorgar el triunfo a José Luis Santos, candidato de la coalición PAN-PRI-PRD, pero su proyecto fue rechazado por la mayoría de las magistraturas, confirmando a Gutiérrez como el ganador.

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