El Servicio de Administración Tributaria (SAT) incluyó en su lista negra a dos empresas por evasión de impuestos mediante la transmisión indebida de pérdidas fiscales.
Esta medida marca un hito, siendo la primera vez desde la reforma al Código Fiscal de la Federación en 2018 que se sanciona a empresas por esta práctica. Las dos empresas, registradas bajo el régimen de personas morales y con domicilio fiscal en la Ciudad de México, intentaron defenderse sin éxito.
La primera, localizada en la alcaldía Cuajimalpa, se dedica a la construcción de carreteras, autopistas, puentes y obras de infraestructura similar. La segunda, situada en la alcaldía Benito Juárez, está enfocada en construcciones de ingeniería civil y obra pesada.
El SAT detectó irregularidades en la transmisión de pérdidas fiscales previstas en el artículo 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación. La Ley del Impuesto Sobre la Renta permite registrar una pérdida fiscal cuando las deducciones autorizadas superan los ingresos acumulables del ejercicio. En casos de escisión de sociedades, las pérdidas deben dividirse entre las entidades involucradas, siempre que estas acrediten las mismas pérdidas.
En este caso, el SAT determinó que las empresas señaladas no lograron demostrar la legitimidad de sus pérdidas fiscales tras un proceso de escisión. Las empresas presentaron documentación en su defensa, pero esta no fue suficiente para desvirtuar los hechos imputados. Como resultado, el SAT incluyó sus nombres, domicilios fiscales, actividades y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en la lista global definitiva, publicada tanto en su sitio web como en el Diario Oficial de la Federación.