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SCJN aplaza resolución de amparos contra recorte a pensiones doradas del ISSSTE

La resolución que eventualmente emita la Corte será determinante para el futuro de las pensiones en el país y para la interpretación de los límites legales en materia de seguridad social
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó aplazar la resolución de diversos amparos relacionados con el recorte a las llamadas “pensiones doradas” del ISSSTE. La medida busca evitar criterios contradictorios mientras el Pleno fija una postura definitiva sobre el alcance legal de estos ajustes.

Fue a través del acuerdo general 3/2026, aprobado el pasado 6 de abril, la SCJN ordenó que los tribunales continúen con el trámite de los amparos, pero pospongan su resolución final.

La disposición entrará en vigor de manera inmediata y aplica a todos los casos en los que se analice el procedimiento para la verificación, modificación o revocación de pensiones que excedan los límites establecidos por la ley del ISSSTE.}

¿Qué son las pensiones doradas y por qué están en disputa?

El conflicto legal surge a partir de un acuerdo emitido por el director general del ISSSTE, que establece mecanismos para revisar pensiones que rebasen el monto permitido.

Estas pensiones, conocidas como “pensiones doradas”, han sido objeto de controversia por su alto costo para las finanzas públicas.

Actualmente, la Corte tiene pendientes múltiples recursos, entre ellos los amparos en revisión 599/2025 al 604/2025, así como otros expedientes correspondientes a 2026.

Además, existen al menos 12 juicios de amparo indirecto en juzgados de distrito relacionados con este tema, según datos del Poder Judicial.

Motivo del aplazamiento: evitar sentencias contradictorias

La decisión de aplazar responde a la necesidad de que el Pleno del máximo tribunal establezca criterios claros y uniformes.

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, esta medida busca evitar resoluciones contradictorias o que se opongan al criterio final que emita la Corte.

El artículo 37 de la Ley Reglamentaria del artículo 105 constitucional faculta a la SCJN para aplazar la resolución de juicios cuando sea necesario definir previamente criterios generales.

Impacto para pensionados y sistema de seguridad social

El aplazamiento mantiene en incertidumbre a los beneficiarios de pensiones elevadas, así como a las autoridades encargadas de su revisión.

Mientras no se emita un criterio definitivo, los casos seguirán en trámite sin una resolución final, lo que podría retrasar decisiones clave sobre ajustes o revocaciones.

La SCJN deberá resolver de fondo los casos que actualmente analiza para fijar un precedente obligatorio.

Este criterio determinará si los ajustes a pensiones que exceden el límite legal son constitucionales y cómo deben aplicarse en adelante.

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