El Tribunal de Disciplina Judicial suspendió temporalmente a Lizbeth González Cortés, titular del Juzgado Tercero de Distrito en el estado de Zacatecas, luego de que durante varios meses se acumularan quejas y señalamientos relacionados con su desempeño, presunto acoso laboral, rezago en expedientes y el supuesto uso de herramientas de inteligencia artificial para elaborar sentencias, acuerdos y otros documentos oficiales.
La medida, de carácter provisional, fue notificada a mediados de julio y no implica, por sí misma, una determinación definitiva sobre la responsabilidad de la juzgadora. El procedimiento disciplinario deberá continuar con la revisión de las denuncias y las pruebas correspondientes para establecer si existieron conductas susceptibles de sanción y, en su caso, determinar la consecuencia jurídica aplicable.
González Cortés llegó al cargo después de participar en la elección judicial de 2025. De acuerdo con la información difundida sobre su trayectoria, fue electa en los comicios del 1 de junio de ese año y comenzó a ejercer como titular del Juzgado Tercero de Distrito en Zacatecas en septiembre de 2025. Antes de incorporarse a la función jurisdiccional federal, se presentó como litigante con 17 años de experiencia, aunque no contaba con una trayectoria previa dentro de la estructura del Poder Judicial de la Federación.
Las inconformidades en el juzgado comenzaron a acumularse después de su llegada. Entre los señalamientos formulados por trabajadores se encuentran presuntas conductas de acoso laboral, dificultades en la relación con el personal, rezago en la atención de asuntos y cuestionamientos sobre el manejo de procedimientos internos. Las denuncias fueron posteriormente presentadas ante las instancias disciplinarias correspondientes, lo que derivó en la intervención del Tribunal de Disciplina Judicial.

Uno de los aspectos que colocó el caso bajo especial escrutinio fue la acusación de que la jueza habría utilizado herramientas de inteligencia artificial para redactar proyectos de sentencias, acuerdos y otros documentos judiciales. Hasta ahora, los señalamientos difundidos públicamente no establecen de manera definitiva qué herramientas habrían sido utilizadas, en cuántos asuntos ni si el contenido generado por sistemas de IA fue incorporado a resoluciones sin una revisión jurídica suficiente.
La investigación deberá determinar, por tanto, no solamente si se utilizaron herramientas tecnológicas, sino también la forma en que fueron empleadas, el grado de intervención de la juzgadora y si esa práctica pudo afectar la calidad, fundamentación, motivación o confidencialidad de los documentos elaborados dentro del órgano jurisdiccional. El uso de inteligencia artificial, por sí mismo, no constituye automáticamente una falta; la eventual responsabilidad dependerá de las circunstancias concretas que sean acreditadas durante el procedimiento disciplinario.
El conflicto laboral también tuvo un episodio relacionado con la situación de una trabajadora del juzgado cuya continuidad laboral generó inconformidad entre empleados. De acuerdo con los señalamientos difundidos, la protesta se produjo después de que la titular rechazara la continuidad del nombramiento de una empleada a la que, según la representación sindical, le faltaban pocos días para adquirir el derecho a una plaza de base.

Tras la movilización, la jueza fue señalada por haber presentado una denuncia ante la Fiscalía General de la República contra trabajadores que participaron en la protesta. El sindicato negó que los hechos constituyeran violencia y calificó las denuncias como una forma de intimidación contra el personal. Posteriormente, trabajadores presentaron quejas ante las autoridades disciplinarias para que se investigara la actuación de la juzgadora.
El caso también se relaciona con una revisión especial al funcionamiento del juzgado. La información publicada señala que, durante el proceso de revisión, fueron examinados aspectos vinculados con el rezago de expedientes y la gestión de asuntos que correspondían directamente a la titular. La determinación del Tribunal de Disciplina Judicial tendrá que establecer si las irregularidades denunciadas fueron acreditadas y si constituyen faltas administrativas o incumplimientos de las obligaciones inherentes al cargo.
La suspensión temporal no representa una destitución ni una resolución definitiva de responsabilidad. El Tribunal deberá continuar con el procedimiento y valorar las pruebas antes de determinar si corresponde una sanción menor, una suspensión de mayor duración o, en caso de acreditarse faltas graves, la separación definitiva del cargo.
La investigación ocurre en una etapa particularmente relevante para el Poder Judicial de la Federación, luego de la renovación de distintos cargos mediante la elección judicial de 2025. La situación de González Cortés se convirtió así en uno de los primeros casos de una persona juzgadora electa bajo el nuevo esquema que enfrenta una medida disciplinaria de esta naturaleza.
Por ahora, la jueza permanece suspendida de manera temporal mientras avanzan las investigaciones. La decisión final dependerá de las conclusiones a las que llegue el Tribunal de Disciplina Judicial sobre los señalamientos relacionados con su desempeño, la relación laboral con el personal, el rezago de expedientes y el supuesto uso de inteligencia artificial en la elaboración de documentos judiciales.
El caso deja abierta una discusión sobre los límites del uso de herramientas de inteligencia artificial dentro de la impartición de justicia y sobre la responsabilidad que corresponde a las personas juzgadoras cuando recurren a tecnologías capaces de generar textos jurídicos. Sin embargo, cualquier conclusión sobre la responsabilidad de Lizbeth González Cortés deberá esperar al resultado del procedimiento disciplinario y a la valoración formal de las pruebas.