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INE determina improcedente denuncia anónima contra Iraís Reyes: “sus expresiones no vulneran principios de imparcialidad”

Tras un análisis preliminar, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE determinó que las expresiones de la candidata no constituyen Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género ni vulneran los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.
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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que es improcedente la denuncia por actos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG) contra Iraís Virginia Reyes de la Torre, candidata de Movimiento Ciudadano, en el marco del Proceso Electoral Federal 2023-2024.

De acuerdo al comunicado emitido hoy por el INE, la denuncia anónima alegaba posibles actos de VPMRG basados en manifestaciones realizadas por la candidata durante una entrevista difundida en la red social Instagram.

Tras un análisis preliminar, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE determinó que las expresiones de la candidata no constituyen Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género ni vulneran los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda. Según la Comisión, las expresiones en cuestión representan una crítica dura pero amparada por la libertad de expresión, y no se evidencia que el uso de una expresión relacionada con el padre de la candidata constituya VPMRG, ya que no se establece que su candidatura esté vinculada a dicho parentesco.

Por lo tanto, la Comisión resolvió que no procede ordenar el retiro de la publicación ni otorgar tutela preventiva, al no encontrar ilegalidad en los hechos denunciados.

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Por otro lado, la senadora Téllez acusó al gobernador de Sonora, Alfonso Durazo Montaño, de intentar silenciarla al supuestamente influir en la decisión del INE.
Tras un análisis preliminar, la Comisión determinó, por mayoría de votos, que la medida cautelar era procedente, ya que se advirtieron manifestaciones que podrían incidir en el ánimo de la ciudadanía y constituir propaganda electoral, contraviniendo las normas establecidas para el periodo electoral.
Esta resolución refuerza la posición de Movimiento Ciudadano, indicando que no ha incurrido en ninguna violación, según las normativas del INE.

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