En una histórica sesión celebrada el día de ayer, la Cámara de Diputados aprobó en lo general una reforma que reducirá la edad mínima para acceder a la pensión de adultos mayores, pasando de 68 a 65 años. Esta medida fue respaldada de manera unánime por los 483 diputados presentes en el recinto legislativo de San Lázaro.
Además de la modificación en la edad de acceso, la reforma también eleva a rango constitucional varios programas sociales implementados durante la administración del expresidente Andrés Manuel López Obrador. Entre estos se encuentran los apoyos a personas con discapacidad permanente, el programa “Sembrando Vida” y diversos subsidios dirigidos a productores, pescadores y campesinos.
La nueva normativa establece que el Estado mexicano debe destinar anualmente los recursos suficientes para asegurar la dispersión de estos apoyos directos a la población beneficiada, garantizando que los montos no se vean reducidos.
En particular, se contempla que el gobierno asegure un jornal seguro, justo y permanente para los campesinos, además de proporcionar apoyo anual y fertilizantes gratuitos a los productores y pescadores de pequeña escala.
Para implementar esta reforma, el Congreso dispondrá de un plazo de 180 días a partir de la publicación del decreto para adecuar la legislación secundaria correspondiente.
La @Mx_Diputados aprobó una #reforma que reduce la edad mínima para acceder a la #pension para adultos mayores de 68 a 65 años.https://t.co/d3fZbH5Rfo
— Dinero en Imagen (@DineroEnImagen) October 24, 2024
Requisitos para acceder a la pensión
Los adultos mayores que deseen acceder a la nueva pensión deberán cumplir con los siguientes requisitos: tener al menos 65 años de edad y no percibir ingresos superiores a 1,092 pesos mensuales por concepto de jubilación o pensión contributiva.
Los interesados deberán acudir a las ventanillas de atención del Programa de Pensión para Adultos Mayores, donde se les solicitarán los siguientes documentos:
- Credencial para votar vigente
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Acta de nacimiento
- Comprobante de domicilio