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Ministra Ríos Farjat afirma que personas nacidas por fecundación in vitro “no forman parte de la familia”

Una declaración realizada por la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Ana Margarita Ríos Farjat, desató una intensa controversia en redes sociales y en círculos jurídicos luego de que circulara un fragmento de su intervención en el que sostiene que las personas nacidas mediante fecundación in vitro “no forman parte de la familia”, en el marco de un debate sobre filiación y reproducción asistida
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Una declaración realizada por la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Ana Margarita Ríos Farjat, desató una intensa controversia en redes sociales y en círculos jurídicos luego de que circulara un fragmento de su intervención en el que sostiene que las personas nacidas mediante fecundación in vitro “no forman parte de la familia”, en el marco de un debate sobre filiación y reproducción asistida.

El video difundido por la cuenta institucional de clips de la Corte muestra a la ministra argumentando sobre los límites jurídicos de determinadas figuras familiares y el tratamiento legal de las técnicas de reproducción asistida. En su exposición afirma: “Personas nacidas mediante fecundación in vitro no forman parte de la familia”, frase que rápidamente se viralizó y generó críticas de usuarios, especialistas en derecho familiar y colectivos vinculados a derechos reproductivos.

El fragmento corresponde a una discusión judicial en la que se analizaban criterios relacionados con la filiación y la conformación jurídica de la familia dentro del marco constitucional mexicano. Aunque el video difundido en redes muestra únicamente una parte del razonamiento de la ministra, el extracto fue interpretado por distintos sectores como una postura restrictiva respecto a la inclusión de personas nacidas mediante técnicas de reproducción asistida dentro del concepto jurídico de familia.

Las técnicas de reproducción asistida, entre ellas la fecundación in vitro, han sido objeto de múltiples debates jurídicos y éticos en México y en América Latina. Estas prácticas permiten la concepción mediante la unión de óvulos y espermatozoides en laboratorio y posteriormente la implantación del embrión en el útero, constituyendo una alternativa médica para personas o parejas con problemas de fertilidad o para quienes buscan ejercer su derecho a la reproducción mediante métodos distintos a la concepción natural.

El derecho comparado y diversos instrumentos internacionales han impulsado en los últimos años la ampliación del concepto jurídico de familia, incorporando modelos diversos que incluyen familias monoparentales, homoparentales y aquellas formadas mediante técnicas de reproducción asistida. En ese contexto, la discusión judicial sobre filiación y reproducción se ha vuelto cada vez más compleja, pues involucra derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad y los derechos reproductivos.

La difusión del video también reactivó el debate sobre el papel de la Suprema Corte en la interpretación de los derechos reproductivos y la protección de nuevas formas de organización familiar. En años recientes, el máximo tribunal mexicano ha emitido sentencias que amplían la protección constitucional en temas como el matrimonio igualitario, la interrupción voluntaria del embarazo y la no discriminación en materia de salud reproductiva.

El episodio volvió a colocar en el centro del debate público el alcance de los derechos reproductivos y la manera en que el sistema jurídico mexicano reconoce las distintas formas de filiación derivadas de las nuevas tecnologías médicas, un terreno que continúa evolucionando conforme avanzan tanto la ciencia como la interpretación constitucional de los derechos humanos.

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