Jesús Murillo Karam, exprocurador general de la República durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, obtuvo una modificación de la medida cautelar en uno de los procesos penales que enfrenta por el caso de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa. Un juez federal determinó sustituir la prisión preventiva justificada por el resguardo domiciliario, al considerar que el exfuncionario ya rebasó el plazo máximo de dos años previsto por la legislación para esa medida cautelar y debido a las condiciones de salud que presenta.
La resolución establece que Murillo Karam permanecerá bajo vigilancia mediante un brazalete electrónico, además de contar con restricciones para salir de su domicilio. Como parte de las condiciones impuestas por la autoridad judicial, únicamente podrá abandonar el inmueble para atender emergencias médicas, sin necesidad de solicitar autorización previa al juzgado.
Sin embargo, la decisión no implica que el exprocurador abandone el Reclusorio Sur ni que recupere su libertad de manera inmediata, debido a que permanece sujeto a otro proceso penal derivado del mismo caso Ayotzinapa, en el cual continúa vigente la medida de prisión preventiva.
La resolución judicial corresponde únicamente a uno de los expedientes abiertos en su contra y responde a criterios previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, que establece límites temporales para la prisión preventiva cuando el retraso en el proceso no es atribuible al acusado. A ello se sumó la valoración sobre el deterioro en el estado de salud del exfuncionario, quien en diversas ocasiones ha sido trasladado a hospitales para recibir atención médica especializada por padecimientos cardiovasculares y respiratorios.

Murillo Karam fue detenido en agosto de 2022 tras ser acusado por la entonces Fiscalía General de la República de delitos relacionados con la investigación de la desaparición de los estudiantes de la Escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa, ocurrida en septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero.
Las imputaciones en su contra incluyen desaparición forzada, tortura y delitos contra la administración de justicia, al ser señalado por la presunta construcción de la llamada “verdad histórica”, versión oficial presentada durante su gestión como procurador y que posteriormente fue desestimada por las investigaciones realizadas por autoridades federales y organismos internacionales.
Desde su detención, la defensa del exprocurador promovió diversos recursos para modificar la medida cautelar de prisión preventiva, argumentando principalmente el deterioro de su estado de salud y el riesgo que representaba su permanencia en un centro penitenciario. Aunque algunos tribunales concedieron revisiones a esas solicitudes, en distintos momentos se mantuvo la prisión preventiva debido a la gravedad de los delitos y al riesgo de fuga que inicialmente valoraron los jueces.
Con la resolución más reciente, el juez concluyó que en ese expediente ya no era procedente mantener la prisión preventiva justificada al haberse excedido el plazo legal de dos años, por lo que ordenó sustituirla por el resguardo domiciliario con mecanismos de supervisión electrónica y restricciones específicas de movilidad.
Pese a ello, el beneficio no tendrá efectos inmediatos para el exprocurador, ya que enfrenta un segundo proceso penal relacionado con el caso Ayotzinapa en el que continúa vigente otra medida de prisión preventiva. En consecuencia, Murillo Karam permanecerá interno en el Reclusorio Sur mientras esa resolución no sea modificada por la autoridad judicial competente.
El caso Ayotzinapa continúa siendo una de las investigaciones de mayor relevancia para el sistema de justicia mexicano, con múltiples procesos abiertos contra exfuncionarios, integrantes de corporaciones de seguridad y presuntos integrantes de grupos criminales, mientras las autoridades federales mantienen las investigaciones para esclarecer la desaparición de los 43 estudiantes normalistas ocurrida hace más de una década.