El Departamento de Comercio de Estados Unidos (DOC) emitió este martes una resolución preliminar en la que determina que los exportadores mexicanos de fresa incurrieron en prácticas de dumping durante la temporada invernal. Los márgenes estimados oscilan entre 3,37 % y 5,28 % según la empresa, con un promedio de 4,83 % para la mayoría de los exportadores. La medida, todavía no definitiva, generó una reacción inmediata del Gobierno mexicano, que expresó su “grave preocupación” y cuestionó los fundamentos de la investigación.
Según el comunicado de la Secretaría de Economía, el DOC aplicó de manera arbitraria dos conceptos que la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (ITC) había descartado en un reporte preliminar de marzo de 2026: la existencia de un producto diferenciado llamado “fresas de invierno” y la existencia de un mercado regional limitado a ciertos estados del este de Estados Unidos. La ITC concluyó entonces que las fresas de invierno no constituyen un producto distinto y que el mercado debe analizarse a nivel nacional. A pesar de ello, el DOC mantuvo ambos criterios en su determinación.
El caso se originó el 31 de diciembre de 2025, cuando productores de Florida, agrupados en Strawberry Growers for Fair Trade, presentaron una solicitud ante el DOC y la ITC para imponer derechos antidumping a las importaciones de fresa mexicana. Argumentaban que las frutas comercializadas en invierno se vendían a precios inferiores a su valor normal y afectaban a la industria estadounidense.

De confirmarse la resolución en la fase final, prevista para inicios de 2027 (con una fecha orientativa del 8 de enero), se aplicarían cuotas compensatorias. Empresas como Driscoll’s fueron señaladas con un margen de 5,28 % y Mainland Farms con 3,37 %. El resto de exportadores enfrentaría el promedio de 4,83 %.
México advierte que la medida podría afectar a casi 5.000 productores de fresa, de los cuales el 97 % son de pequeña o mediana escala, con superficies de hasta 10 hectáreas. En la cadena productiva se emplean aproximadamente 151.000 personas, entre trabajadores permanentes y temporales. En 2025, México exportó a Estados Unidos 263.000 toneladas de fresa por un valor de 1.000 millones de dólares.
La Secretaría de Economía señaló que los criterios utilizados por el DOC son inconsistentes con el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio y con disposiciones del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). El Gobierno mexicano, en coordinación con productores y exportadores, dará seguimiento a las siguientes etapas del procedimiento hasta la resolución final de la ITC.
El Consejo Nacional Agropecuario también se pronunció y advirtió que el uso de criterios de estacionalidad y regionalidad genera incertidumbre para las inversiones y podría sentar un precedente negativo para otros productos agroalimentarios perecederos. Subrayó que durante más de tres décadas México y Estados Unidos construyeron una relación de complementariedad en la que el país vecino se especializó en granos y México en frutas y hortalizas.

La resolución del DOC no implica la imposición inmediata de aranceles definitivos. Aún deben completarse las etapas finales de la investigación. Sin embargo, la decisión ya introduce un factor de incertidumbre en un sector estratégico para varias regiones productoras de México, principalmente en estados como Michoacán, Jalisco y Baja California.
El Gobierno mexicano sostiene que no existen bases suficientes para la determinación de dumping bajo los parámetros utilizados y que la investigación debe ajustarse a los estándares internacionales y a los compromisos adquiridos en el marco del T-MEC. El seguimiento del caso continuará en los próximos meses hasta que se conozca el fallo definitivo a principios de 2027.