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SCJN ratifica sentencia contra Luis de Llano por abuso sexual y ordena indemnización a Sasha Sokol

En este contexto, el fallo de la SCJN marca un hito importante en la lucha por los derechos de las víctimas de abuso sexual en México
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ratificado por unanimidad la sentencia que obliga al productor Luis de Llano Macedo a indemnizar a la cantante Sasha Sokol por los abusos sexuales que sufrió cuando tenía tan solo 14 años y él 40, un caso que ocurrió hace más de tres décadas. El alto tribunal negó el amparo solicitado por De Llano, quien buscaba revertir la decisión que lo obliga a pagar una reparación económica por los daños causados a la víctima.

La resolución de la Primera Sala de la SCJN, liderada por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, fue tajante: el daño causado por el abuso sigue vigente más de 35 años después de los hechos. Los ministros argumentaron que la violencia sexual contra menores no debe prescribir, ya que hacerlo afectaría gravemente el acceso a la justicia de las víctimas y su derecho a vivir sin violencia.

El fallo se basó en peritajes psicológicos que corroboraron que la afectación emocional sufrida por Sokol persiste hasta la fecha, acreditando que hubo una transgresión a su integridad moral que no se ha desvanecido con el tiempo. De acuerdo con el informe pericial, el daño sigue siendo actual y continúa afectando a la cantante en su vida cotidiana.

La SCJN también destacó que permitir la prescripción de estos casos violaría derechos fundamentales como la libertad sexual, la integridad personal y el acceso a la justicia, lo que sentó un precedente histórico en materia de reparación civil por violencia sexual infantil.

La importancia del precedente judicial

Con esta decisión, el máximo tribunal mexicano establece un precedente crucial: las víctimas de violencia sexual cuando eran menores de edad pueden acceder a una indemnización de forma imprescriptible, es decir, sin importar el tiempo transcurrido desde el abuso. Este criterio establece que el daño psicológico derivado de estos delitos puede prolongarse a lo largo del tiempo, lo que implica que la reparación del daño debe ser viable independientemente de la prescripción legal.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo destacó que la “afectación psicológica” sufrida por Sasha Sokol continúa vigente, a pesar de los más de 35 años que han pasado desde el abuso. Además, se subrayó que el productor, al ser superior jerárquico en la agrupación musical a la que pertenecía la cantante, normalizó la relación y continuó lesionando psicológicamente a Sokol al hablar públicamente sobre los hechos en los medios de comunicación, sin mostrar ningún respeto por la víctima.

La postura de Sokol y el contexto

Sasha Sokol, quien ha sido una voz activa en la denuncia de los abusos sufridos en su juventud, expresó en diversas ocasiones cómo el abuso sexual sufrido a manos de Luis de Llano marcó su vida de manera irreversible. En entrevistas públicas, ha señalado cómo la normalización de la violencia en el ámbito laboral y en la industria del entretenimiento contribuyó al daño que sufrió en su adolescencia.

En este contexto, el fallo de la SCJN marca un hito importante en la lucha por los derechos de las víctimas de abuso sexual en México. La resolución refuerza la idea de que la impunidad no debe prevalecer, especialmente en casos que involucran a menores de edad, y pone de manifiesto la importancia de que las víctimas tengan acceso a una reparación integral y continua.

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