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Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Migrantes

Son muchos los retos que atraviesa el país en materia migratoria, al menos podemos decir que en el marco de la ley, los derechos están consagrados
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Opinión Por: Manuel Alejandro Flores

Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Migrantes

Esta tragedia humana que representa la migración forzada hoy en día es un fenómeno global”. “Son hermanos y hermanas que salen expulsados por la pobreza y la violencia, por el narcotráfico y el crimen organizado”. Papa Francisco (t) febrero 2016

En el marco de la asignatura sobre Migración y Educación que se imparte para alumnos del 4to semestre de las distintas licenciaturas en materia educativa de la Escuela Normal Fronteriza Tijuana, de la cual soy orgulloso docente y que en este semestre me corresponde impartir esta clase para futuras docentes de Educación Preescolar, el tema central es la ubicación legal y el análisis de la realidad en cuanto a los derechos, particularmente de las personas migrantes que son menores de edad.

A continuación, y a manera de reforzamiento del tema visto en clase y de las distintas actividades que tenemos programadas para la promoción de los derechos de niños y adolescentes migrantes, tomando también como referencia el Día del Niño que se celebra este 30 de abril escribo de manera resumida parte de lo que hemos revisado en clase:

  1. Los Derechos Humanos son de carácter universal. Se establecen o reconocen en las constituciones de los países democrático y estos no excluyen a las personas migrantes. Si bien deben y existen normativas para una migración ordenada en México, una vez que un migrante esta en el país, la ley lo protege y las autoridades deben respetar sus derechos.
  2. Baja California, al ser un Estado fronterizo, recibe migrantes de muchas partes de México y por supuesto de Centroamérica, el Caribe y Sudamérica. Tijuana es la ciudad con mayor flujo de migrantes al año. Se estima que alrededor de 90 y 120 mil personas en esta condición llegan a nuestra ciudad. Hay que añadir que una parte de esta migración proviene también de las personas deportadas de Estados Unidos a México por esta misma frontera.
  3. Los principales derechos de los migrantes que también son para todos y cada uno de los mexicanos son los siguientes:
  • La prohibición explícita de la discriminación a la persona migrante por su origen nacional o condición, establecido en el artículo 1ero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). Allí mismo se establece el derecho a la nacionalidad.
  • En el caso de los Niños, Niñas y Adolescentes Migrantes (NNA) el derecho a la salud, educación y protección que tienen como fundamento el Interés Superior de los Menores esta consagrado en el art. 4to de la CPEUM.
  • La misma constitución establece el derecho a la asistencia consular en caso de requerirla, a un alojamiento digno a un intérprete o traductor en el caso de las personas que no manejan el idioma español, mismos que también aparecen en tratados internacionales a los que México esta suscrito.
  • El 123 constitucional también habla del trabajo digno para migrantes y el 11 constitucional establece el derecho al libre tránsito en el país.

4. Son muchas las razones por las que la gente migra, desde casos de pobreza extrema en sus localidades o países, falta de oportunidades de empleo, inestabilidad política en sus lugares de origen, cambio climático y desastres naturales, la aparición de programas de empleo temporal, la violencia e inseguridad o la búsqueda de mejores servicios en materia de salud o educación, en resumen, la búsqueda de esquemas de mayor libertad.

Finalmente, las dependencias que se encargan de dar seguimiento a asuntos inherentes a las personas migrantes son principalmente la Comisión Nacional de Derechos Humanos en México (CNDH) y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) a nivel internacional.

Son muchos los retos que atraviesa el país en materia migratoria, al menos podemos decir que en el marco de la ley, los derechos están consagrados, aplicarlos en los contextos actuales no siempre se logra.

**Las declaraciones y opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quien las escribe y firma, y no representan el punto de vista de Enboga.

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