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Nuevas multas por obstruir la visibilidad de las placas vehiculares en la Ciudad de México

Los automovilistas que infringen el artículo 43 deben pagar una multa económica que oscila entre 20 y 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que representa más de 2,262 pesos
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La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México ha intensificado los operativos en las principales avenidas de la ciudad, multando a automovilistas que infringen el Reglamento de Tránsito al utilizar dispositivos que obstruyen la visibilidad de las placas vehiculares. Entre el 12 de febrero y el 9 de marzo, 493 conductores han sido sancionados por esta falta, y 342 de ellos tuvieron que trasladar sus vehículos a depósitos vehiculares.

El artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la CDMX es claro al señalar que está prohibido instalar o utilizar dispositivos, como micas o porta placas, que dificulten la lectura de las placas del vehículo. Asimismo, el artículo 45 establece que las matrículas deben permanecer libres de objetos o sustancias que impidan su visibilidad. Estas medidas buscan garantizar la correcta identificación de los vehículos en la vía pública, lo cual es esencial para la seguridad y el orden en la ciudad.

Según Ramiro Rodríguez, director de Operación Vial Zona Centro 2 de la Subsecretaría de Tránsito de la SSC, las infracciones más comunes incluyen el uso de micas o porta placas que obstruyen la visibilidad de las placas, además de la colocación de objetos como calcomanías, cintas adhesivas o estampas que alteran la lectura de las matrículas.

Estas son las multas y sanciones

Los automovilistas que infringen el artículo 43 deben pagar una multa económica que oscila entre 20 y 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que representa más de 2,262 pesos. Además, las autoridades retiran el dispositivo infractor, y en caso de reincidencia o alteración de la placa, el automóvil puede ser remitido al corralón, lo que generaría gastos adicionales por el arrastre y los días de resguardo del vehículo.

Una de las situaciones más mencionadas por los automovilistas sancionados es que muchos fueron multados por utilizar porta placas o micas que, aparentemente, fueron colocadas directamente por la agencia automotriz. Salvador, un conductor afectado, relató que fue multado a pesar de que el porta placas solo tenía el nombre de la agencia automotriz donde compró su vehículo.

Avenidas principales como Insurgentes y Paseo de la Reforma se han convertido en puntos clave para los operativos de revisión. La SSC ha reforzado la vigilancia en estas áreas, detectando un mayor número de infractores que utilizan accesorios que obstruyen la visibilidad de las placas.

¿Qué dispositivos generan infracción?

Los accesorios que pueden generar una infracción incluyen:

  • Porta placas que obstruyan la numeración o la procedencia de la matrícula.
  • Placas alteradas con calcomanías, cintas adhesivas u objetos que dificulten su lectura.
  • El uso de micas, luces u otros elementos que impidan la visibilidad de las placas.

Por otro lado, no se considerarán infracción aquellos porta placas que no obstruyan la numeración ni la procedencia de la matrícula, así como las placas que no tengan alteraciones ni añadidos que impidan su lectura.

Las autoridades capitalinas han exhortado a los automovilistas a respetar la normatividad para evitar sanciones y el traslado de sus vehículos al corralón. Los conductores deben asegurarse de que las placas de sus vehículos sean completamente visibles y libres de elementos que dificulten su lectura, pues las infracciones por este motivo pueden implicar no solo una multa económica, sino también el inconveniente de perder su vehículo temporalmente.

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