La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció una prórroga para el registro y vinculación de líneas telefónicas móviles con la Clave Única de Registro de Población (CURP), una medida que extenderá el proceso hasta el 31 de diciembre de 2026 y que busca facilitar el cumplimiento de este requisito por parte de millones de usuarios en todo el país.
De acuerdo con la autoridad reguladora, la ampliación responde a la necesidad de evitar saturaciones en los sistemas de las compañías telefónicas y permitir que los usuarios de telefonía móvil de prepago completen el trámite de manera ordenada, sin afectar la continuidad de los servicios. La decisión también busca reducir el riesgo de suspensiones masivas derivadas de retrasos en el registro.
La CRT informó que, hasta el 25 de junio de 2026, un total de 63 millones de líneas telefónicas ya habían sido vinculadas a una CURP. De esa cifra, 40.2 millones corresponden a usuarios de prepago que realizaron el procedimiento de registro, mientras que 22.8 millones pertenecen a clientes de pospago, cuyos datos ya se encontraban asociados a un titular desde el momento de la contratación del servicio.

Como parte de la nueva estrategia, el organismo estableció un calendario escalonado basado en el último dígito de cada número telefónico. Con ello, las autoridades pretenden distribuir la carga operativa entre las distintas compañías de telecomunicaciones y evitar una concentración de solicitudes en periodos reducidos.
Según el cronograma oficial, los usuarios cuyas líneas terminen en 0 tendrán como fecha límite el 15 de agosto de 2026.
Las terminaciones en 1 deberán completar el proceso antes del 31 de agosto;
las terminaciones en 2 tendrán hasta el 15 de septiembre;
las terminaciones en 3 hasta el 30 de septiembre;
las terminaciones en 4 hasta el 15 de octubre;
las terminaciones en 5 hasta el 31 de octubre;
las terminaciones en 6 hasta el 15 de noviembre;
las terminaciones en 7 hasta el 30 de noviembre;
las terminaciones en 8 hasta el 15 de diciembre;
y finalmente las terminaciones en 9 dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para concluir el trámite.

La Comisión recomendó a los usuarios verificar la fecha que les corresponde y realizar el procedimiento con anticipación para evitar contratiempos. Asimismo, recordó que la consulta de fechas y requisitos puede efectuarse a través del portal oficial habilitado para este proceso.
Respecto a las consecuencias de incumplir con el registro, la CRT explicó que las compañías telefónicas estarán obligadas a suspender el servicio de las líneas que no hayan sido vinculadas dentro del plazo establecido para cada terminación. La suspensión se aplicará en un periodo de hasta 72 horas posteriores al vencimiento de la fecha correspondiente.
Durante ese periodo de restricción, los usuarios conservarán únicamente servicios considerados esenciales. Entre ellos se encuentran las llamadas al número de emergencias 911, la comunicación con otros números de atención ciudadana, el contacto con la empresa operadora y la recepción de alertas sísmicas. El resto de las funciones, incluidas llamadas convencionales, mensajes de texto y acceso a internet móvil, permanecerán inhabilitadas hasta que el titular complete el proceso de vinculación.
La autoridad precisó que una vez realizado el registro, la reactivación de los servicios será automática, sin necesidad de trámites adicionales por parte del usuario.
La CRT sostiene que la medida tiene como objetivo principal eliminar el anonimato en las líneas telefónicas móviles, una condición que, según las autoridades, ha sido aprovechada en distintos casos relacionados con fraudes, extorsiones telefónicas y otros delitos. Bajo este esquema, cada número deberá estar asociado a una persona plenamente identificada mediante su CURP.

El organismo señaló que este modelo ya opera en 166 países y forma parte de las estrategias implementadas internacionalmente para fortalecer los mecanismos de identificación de usuarios de telecomunicaciones. De acuerdo con la Comisión, contar con un titular registrado permitirá que, en casos donde una línea sea utilizada para la comisión de un delito, las autoridades competentes puedan solicitar información a las empresas telefónicas conforme a los procedimientos previstos en la legislación vigente y en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
La CRT también aclaró que el registro no será realizado directamente por el Gobierno de México, sino por cada una de las empresas de telefonía móvil que operan en el país. Estas compañías serán las encargadas de asociar el nombre del usuario y su CURP con el número telefónico correspondiente.
Asimismo, el organismo aseguró que cualquier fotografía o documento presentado durante el proceso de validación será utilizado exclusivamente para confirmar la identidad del titular y completar el trámite. Según la Comisión, dichos elementos no formarán parte permanente de la información asociada a la línea telefónica una vez concluido el registro.
Con la ampliación anunciada, las autoridades buscan incrementar el número de líneas regularizadas durante los próximos meses y garantizar que los usuarios cuenten con tiempo suficiente para cumplir con el requisito antes de que concluyan los nuevos plazos establecidos para cada terminación telefónica.