Organizaciones de la sociedad civil manifestaron su preocupación por el contenido de la iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio y por el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres 2026-2030 (PIPASEVM), al considerar que ambos instrumentos privilegian una política de carácter punitivo sin atender las deficiencias estructurales del sistema de justicia ni garantizar los recursos necesarios para su implementación.
A través del análisis titulado ¿Prevenir o sancionar?, elaborado por México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), Balance A. C. y Equis Justicia para las Mujeres, las organizaciones reconocen que la administración federal colocó la crisis de feminicidios como una prioridad en la agenda pública; sin embargo, sostienen que las propuestas legislativas y programáticas presentan omisiones y riesgos que podrían traducirse en revictimización, exclusión de grupos vulnerables y criminalización de mujeres que actúan en legítima defensa.
En entrevista con Pie de Página, retomada en el análisis, la analista jurídica de MUCD, Ximena Cruz Domínguez, señaló que la iniciativa contiene problemas normativos que podrían afectar la seguridad jurídica de las mujeres. Uno de los principales cuestionamientos se centra en la definición legal de “mujer”, basada en la autoadscripción identitaria, cuya redacción, advierte, podría generar vacíos legales susceptibles de ser modificados en futuras administraciones bajo criterios más restrictivos o discriminatorios. Además, las organizaciones subrayan que la ausencia del concepto de transfeminicidio invisibiliza las violencias específicas que enfrentan personas con identidades de género diversas.

Otro de los aspectos señalados es el tratamiento de la legítima defensa para mujeres sobrevivientes de intentos de feminicidio. Aunque la iniciativa contempla la presunción de esta figura jurídica, las organizaciones sostienen que en la práctica las fiscalías continúan clasificando estos casos como delitos de lesiones u homicidio en grado de tentativa, obligando a las víctimas a demostrar durante el proceso penal que actuaron para proteger su vida. Según Cruz Domínguez, esta práctica provoca que muchas mujeres enfrenten prisión preventiva o procesos judiciales prolongados antes de que se les reconozca su condición de víctimas.
El documento también cuestiona el artículo 18 de la propuesta de ley, el cual establece agravantes cuando la víctima pertenece a grupos en situación de vulnerabilidad, como comunidades indígenas, personas migrantes o quienes viven en situación de calle. Para las organizaciones, este esquema podría derivar en una “punición identitaria”, al aumentar las sanciones por características personales de la víctima sin acreditar que dichas condiciones hayan sido un factor determinante en la comisión del delito.
Además de las observaciones jurídicas, el análisis advierte sobre la falta de viabilidad operativa de la iniciativa debido a que impone nuevas obligaciones a las fiscalías, como la realización de peritajes especializados y actos de investigación de alta complejidad, sin prever recursos presupuestales adicionales ni mecanismos que obliguen a las autoridades ministeriales a cumplir con esas responsabilidades. Las organizaciones consideran que esta omisión resulta especialmente preocupante frente a la saturación que enfrentan actualmente los servicios periciales y forenses en diversas entidades del país.

Respecto al Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres 2026-2030, coordinado por la Secretaría de las Mujeres, las organizaciones reconocen que incorpora una visión preventiva y plantea la necesidad de atender factores estructurales como la violencia en espacios públicos, educativos y laborales. No obstante, sostienen que buena parte de sus objetivos se mantienen en un plano discursivo y establecen metas cuyos resultados se proyectan hasta 2045, lo que, en su opinión, deja su cumplimiento sujeto a la voluntad política de futuras administraciones.
Las especialistas también cuestionan que el fortalecimiento de la política pública se concentre en incrementar las sanciones penales, al considerar que el sistema de justicia interviene cuando la violencia ya ocurrió. Desde su perspectiva, una estrategia eficaz debería enfocarse en mecanismos de prevención, atención temprana, fortalecimiento institucional y protección efectiva de las víctimas antes de que los casos escalen hasta el feminicidio.

Otro de los puntos revisados corresponde a la creación del Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Orfandad por Feminicidio, contemplado tanto en la iniciativa de ley como en el programa integral. Si bien las organizaciones consideran positiva la intención de contar con información estadística y mecanismos de apoyo para esta población, advierten que los documentos no precisan cómo se coordinarán instituciones como el DIF, la Fiscalía General de la República y las autoridades estatales para operar el registro. Asimismo, alertan sobre la ausencia de medidas específicas para proteger los datos personales altamente sensibles que contendrá esta base de información y la falta de presupuesto destinado a garantizar su seguridad informática.
Finalmente, México Unido Contra la Delincuencia, Balance A. C. y Equis Justicia para las Mujeres hicieron un llamado al Congreso de la Unión y al Ejecutivo federal para abrir espacios de diálogo con especialistas, organizaciones civiles y familiares de víctimas antes de aprobar la legislación. Las agrupaciones sostienen que cualquier reforma en la materia debe sustentarse en diagnósticos actualizados sobre la violencia de género, fortalecer las capacidades institucionales y garantizar recursos suficientes para que las medidas propuestas puedan traducirse en un acceso efectivo a la justicia para las mujeres, en lugar de limitarse al endurecimiento de las penas.