El sistema de justicia en México ha dado un giro significativo este miércoles 22 de abril de 2026. Tras meses de incertidumbre legal y un proceso penal que mantuvo la atención nacional sobre el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT), los trabajadores Felipe de Jesús Díaz Gómez (conductor) y Ricardo Mendoza Cerón (jefe de despachadores) recuperaron su libertad. La resolución, dictada por la jueza de control Diana Isabel Ivens Cruz, no solo cierra el expediente 7/2026, sino que pone de manifiesto la efectividad —y las controversias— de los acuerdos reparatorios en tragedias de gran magnitud.
Para entender la relevancia de esta liberación, es imperativo recordar el domingo 28 de diciembre de 2025. Lo que debía ser un viaje de rutina en la Línea Z, de Salina Cruz a Coatzacoalcos, se transformó en luto cuando el convoy de pasajeros se descarriló a la altura de Nizanda, Oaxaca. El saldo fue devastador: 14 personas fallecidas y más de un centenar de heridos.
Las investigaciones iniciales de la Fiscalía General de la República (FGR), encabezada por Ernestina Godoy Ramos, fueron contundentes: el factor humano fue la causa primaria. Los peritajes de la caja negra revelaron que la locomotora alcanzó picos de 110 km/h en tramos donde el límite permitido por seguridad era de apenas 70 km/h. Ante la evidencia de negligencia operativa y la falta de activación del sistema de frenado de emergencia, Díaz Gómez y Mendoza Cerón fueron vinculados a proceso en enero y recluidos en el penal de “El Amate”, en Chiapas.
Sin embargo, el proceso tomó un rumbo distinto al de los juicios punitivos tradicionales. Por instrucción de la administración federal, se priorizó una salida alterna a través de la reparación integral del daño. Según el informe final de la FGR, un total de 145 víctimas —incluyendo a 114 adultos y 31 menores— aceptaron los términos de compensación económica y asistencia médica otorgados por la empresa Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, operada por la Secretaría de Marina (SEMAR).
Esta tarde, en una audiencia celebrada en el Centro de Justicia Penal Federal de Cintalapa, la jueza Ivens Cruz validó el cumplimiento de dichos acuerdos. Al extinguirse la acción penal mediante el sobreseimiento, se ordenó la liberación inmediata de los empleados. La justicia, en este caso, se interpretó no como el castigo intramuros de los operadores, sino como la satisfacción pronta de las necesidades de las familias afectadas, evitando un juicio que podría haber durado años.
Hoy se realizó una audiencia en el Centro Penal de Justicia de Chiapas ⚖️ que determinó la liberación del conductor y el despachador del Tren Interoceánico accidentado 🚆.#FórmulaNoticias con Juan Becerra Acosta (@juanbaaq). pic.twitter.com/sZ8VEL0D1Z
— Grupo Fórmula (@Radio_Formula) April 23, 2026
Si bien la liberación de los trabajadores cierra el capítulo judicial, deja abiertas preguntas sobre la infraestructura. Informes legislativos y de la ASF han señalado anomalías en la colocación de rieles de menor grosor al contratado en tramos críticos. El descarrilamiento de diciembre fue un recordatorio de que la prisa por consolidar proyectos nacionales no puede comprometer la seguridad técnica. Hoy, la libertad de los implicados es un acto legalmente válido, pero el verdadero éxito del Tren Interoceánico dependerá de que las lecciones aprendidas en Nizanda se traduzcan en una supervisión operativa impecable que no vuelva a poner a prueba los mecanismos de justicia reparatoria.