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SCJN invalida nombramientos de fiscales, magistrados y auditor en Nuevo León

El fallo, derivado de la Controversia Constitucional 262/2023 promovida por el Ejecutivo estatal, señala que dichos actos legislativos carecen de efectos jurídicos, al realizarse de manera inconstitucional.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió anular diversos decretos emitidos por el Congreso de Nuevo León que, en marzo de este año, permitieron nombrar a fiscales especializados, un auditor superior y magistrados, así como realizar reformas que limitaban las atribuciones del gobernador.

El fallo, derivado de la Controversia Constitucional 262/2023 promovida por el Ejecutivo estatal, señala que dichos actos legislativos carecen de efectos jurídicos, al realizarse de manera inconstitucional.

La disputa por las facultades

Los decretos, emitidos por la mayoría legislativa integrada por PRI y PAN, otorgaron cargos clave a personajes como Javier Garza y Garza, quien fue designado Fiscal Anticorrupción; Gustavo Javier Solís, Fiscal Electoral; Alejandro Reynoso, Auditor Superior; y Álvaro Ibarra, Magistrado del Poder Judicial.

Sin embargo, el gobierno estatal, encabezado por el gobernador Samuel García, impugnó dichas decisiones ante la Corte, argumentando que vulneraban las competencias del Ejecutivo.

Además, se incluyeron reformas que restringían al gobernador el derecho a vetar candidatos propuestos por el Congreso para ocupar la titularidad de la Fiscalía General del Estado, así como para intervenir en el nombramiento de magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa y titulares de dependencias estatales como la Secretaría de Gobierno y la Tesorería.

La SCJN determinó que estas modificaciones contravenían el marco constitucional, lo que derivó en la anulación de los actos relacionados con los Decretos 340, 341 y 342 publicados en la Gaceta Legislativa.

Efectos del fallo

En su resolución, la Corte estableció que los nombramientos derivados de los decretos quedan sin efecto, al igual que cualquier norma o gestión que se haya basado en ellos.

“Quedan sin efectos cualquier acto, norma, gestión o nombramiento efectuado en cumplimiento a lo dispuesto en los Decretos 340, 341 y 342, en tanto que, como se dijo, su publicación carece de efectos jurídicos”, precisa el fallo.

El comunicado también señala que actos como la reforma que le quitaba al Ejecutivo el control del Instituto de la Defensoría Pública de Nuevo León y la obligatoriedad de solicitar permiso al Congreso para ausentarse del estado quedaron igualmente invalidados.

El gobierno estatal advirtió que cualquier persona que persista en los cargos anulados incurrirá en el delito de usurpación de funciones. Asimismo, la SCJN ordenó que la sentencia sea publicada en el Diario Oficial de la Federación, en la Gaceta Legislativa de Nuevo León y en el Semanario Judicial de la Federación.

Respuesta del Congreso

Por su parte, fuentes legislativas indicaron que se encuentran a la espera de la notificación oficial por parte de la SCJN para que los resolutivos surtan efecto. Aunque reconocieron la anulación de los nombramientos y reformas, argumentaron que los efectos de la sentencia no son retroactivos y que algunos actos realizados previamente podrían mantenerse vigentes hasta que se publique el fallo en los medios oficiales correspondientes.

Ahora, el Congreso local deberá acatar las disposiciones del máximo tribunal y repetir los procedimientos de designación conforme a los criterios establecidos en la sentencia.

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