Hoy se publicó en el DOF la reforma al Reglamento de la Ley Aduanera, marcando un cambio de paradigma para el sector. Más que ajustes técnicos, esta actualización redefine las reglas del juego para agentes aduanales, recintos e importadores bajo tres ejes críticos: trazabilidad total, responsabilidad compartida y vigilancia digital permanente.
Durante años, ciertas prácticas sobrevivieron gracias a la flexibilidad operativa y a la interpretación laxa de las reglas. Ese escenario queda atrás. El reglamento aterriza las reformas legales de 2025 y convierte en obligatorias una serie de controles que antes eran recomendables o parcialmente exigibles.
Uno de los cambios más relevantes es la reglamentación formal de la patente aduanal con vigencia de 20 años. A partir de ahora, los agentes aduanales deberán renovarla al término de ese periodo, pero con una condición clave: someterse a un proceso de certificación obligatoria cada tres años.
Esto implica evaluaciones periódicas de cumplimiento, conocimientos técnicos y operación, elevando el estándar profesional y reduciendo la tolerancia a errores reiterados.
#23deFebrero2026 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Aduanera.
— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) February 23, 2026
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Responsabilidad solidaria: se acaba el “fue culpa del cliente”
El reglamento fortalece la figura de la responsabilidad solidaria. Ya no es suficiente argumentar que la información incorrecta provino del importador. El agente aduanal deberá contar con un expediente digital íntegro que demuestre que realizó todas las diligencias necesarias para validar facturas, valores, origen y demás datos de la operación.
En la práctica, esto obliga a documentar cada paso del proceso y eleva significativamente el riesgo para quienes operen sin controles internos robustos.
Digitalización total y vigilancia en tiempo real
El nuevo marco normativo autoriza la interoperabilidad entre la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y la Agencia Nacional de Aduanas de México. Este punto habilita dos cambios de fondo:
• Monitoreo en tiempo real: los recintos fiscalizados deberán permitir acceso remoto continuo a la autoridad.
• Expediente electrónico obligatorio: desaparece la tolerancia al papel. Cada pedimento deberá contar con un archivo digital completo, desde la orden de compra hasta el comprobante de pago bancario.
La digitalización deja de ser una meta y se convierte en una obligación verificable.
Adiós a beneficios históricos y simulaciones
El reglamento confirma la eliminación de beneficios que durante años fueron objeto de debate. El pago del aprovechamiento del 5% sobre ingresos brutos es ahora inapelable.
Además, se establecen requisitos técnicos específicos para demostrar que la mercancía en recintos fiscalizados realmente fue transformada o reparada. Con ello, se cierra la puerta a esquemas de evasión basados en simulaciones de procesos productivos.
Rectificación de pedimentos: margen mínimo de maniobra
Otro ajuste sensible es el relacionado con la rectificación de pedimentos. Esta solo será libre antes de activar el mecanismo de selección automatizada (semáforo). Una vez activado, cualquier modificación deberá estar respaldada por documentación fehaciente. Las sanciones no son menores: las multas pueden alcanzar hasta el 300% del valor de las contribuciones omitidas.

El mensaje del nuevo reglamento es inequívoco: más tecnología, más control y mayor corresponsabilidad. Para el sector, el reto no será solo cumplir, sino adaptarse rápido. Quien no lo haga, quedará fuera de un sistema que ya no tolera improvisaciones.