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¿Puede una sola persona congelar una mejora salarial constitucional?

Y mientras la omisión persiste, la mejora salarial de millones de trabajadores del Estado permanece congelada
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Opinión Por: Alejandro Pérez Corzo

¿Puede una sola persona congelar una mejora salarial constitucional?

El 5 de febrero de 2024, el entonces titular del Ejecutivo Federal presentó una iniciativa de reforma al artículo 123 de la Constitución para establecer que maestras de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, integrantes de la Fuerza Armada permanente, así como médicos y enfermeros, percibirán un salario mensual no inferior al promedio registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Se trata de una de las pocas reformas de carácter social que ha contado con el respaldo unánime de ambas Cámaras del Congreso de la Unión y que ha sido ratificada por 31 congresos estatales, lo que, conforme al artículo 135 constitucional, satisface plenamente los requisitos para ser considerada válida.

Sin embargo, esa reforma —aprobada, ratificada y notificada— no ha entrado en vigor.
¿La razón? El Senado de la República no ha emitido la declaratoria de constitucionalidad.

El responsable de esa omisión es el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Gerardo Fernández Noroña, quien durante más de ocho meses ha rehusado agendar la declaratoria bajo el pretexto de que no ha recibido formalmente los avisos de ratificación por parte de las legislaturas estatales.

Esa excusa no solo es insostenible: ya ha sido jurídicamente desmontada. El diputado Pablo Vázquez Ahued, de Movimiento Ciudadano, entregó personalmente los acuses de recibo sellados por la propia oficina del senador Fernández Noroña, y lo hizo público desde tribuna y en redes sociales, con documentos y video en mano. La notificación fue recibida, registrada y formalizada.

Más aún: ante la persistente omisión, Movimiento Ciudadano escaló el asunto al Poder Ejecutivo, notificando a la presidenta de la República y a la Secretaría de Gobernación. No hubo respuesta. Por esa razón, el pasado 13 de mayo se entregó una comunicación oficial a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se solicita a sus ministras y ministros un pronunciamiento sobre las consecuencias jurídicas de este bloqueo irregular.

El planteamiento es claro:
¿Tiene un solo senador —aunque presida la Mesa Directiva— el poder para congelar una reforma constitucional válida?
¿Puede el cumplimiento pleno del artículo 135 quedar supeditado al estado de ánimo, interés o cálculo de quien controla la agenda del Senado?
¿Hasta cuándo vamos a permitir que la norma suprema del país dependa del silencio táctico de una persona?

La respuesta, en términos constitucionales, es evidente: no.

La declaratoria de constitucionalidad no es un acto político ni un juicio de oportunidad, sino un procedimiento reglado cuyo propósito es constatar que se han satisfecho los requisitos de reforma. Una vez acreditado ese cumplimiento —y en este caso está plenamente acreditado— el Senado tiene la obligación de emitirla. No hacerlo es incumplir con el mandato constitucional.

Y mientras la omisión persiste, la mejora salarial de millones de trabajadores del Estado permanece congelada. Maestras, médicos, policías, personal operativo que ha sostenido durante décadas la educación pública, la seguridad y la salud del país siguen cotizando con bases salariales ficticias, que no reflejan su ingreso real y que condenan a muchos de ellos a pensiones inaceptables.

La reforma no concede privilegios ni crea derechos nuevos. Solo eleva a rango constitucional una obligación básica de justicia salarial, que ya ha sido ignorada por demasiado tiempo: que el salario de quienes sirven al Estado no esté por debajo del promedio nacional. En otras palabras: no es una dádiva, es el fin de una simulación estructural.

Lo más alarmante de todo es que ni la aprobación del Congreso, ni la ratificación de los estados, ni la intervención del Ejecutivo, ni la entrega de evidencia documentada, ni el recurso ante la Suprema Corte han sido suficientes para destrabar un trámite que, por ley, debió resolverse hace meses.

Y mientras eso ocurre, vale decirlo con toda claridad:
el senador Fernández Noroña construyó su personaje en torno al lema “Noroña es pueblo”, pero ha quedado claro que no es pueblo docente, ni pueblo uniformado, ni pueblo en bata blanca.
No es el pueblo que educa, que sana o que protege.
A ese pueblo se le debe un salario justo. Y Noroña les debe, al menos, la firma que les ha negado.

Al parecer, Noroña ya no es pueblo. Si es que algún día lo fue.

La reforma está aprobada. La legalidad está agotada. Solo falta voluntad. Y en un Estado constitucional, la voluntad de uno no puede prevalecer sobre la voluntad de la nación.

 **Las declaraciones y opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quien las escribe y firma, y no representan el punto de vista de Enboga.

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