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Claudia Sheinbaum descarta cobrar ISR a herencias y recursos de las Afores; Morena da la espalda a Lenia Batres

La presidenta rechazó la posibilidad de gravar las herencias y los fondos de las Afores tras el debate generado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación
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La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, descartó que su administración impulse el cobro del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las herencias, legados o recursos acumulados en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores). La mandataria aseguró que no está de acuerdo con establecer este tipo de gravamen y afirmó que no forma parte de la agenda fiscal de su gobierno.

La declaración surge luego de la discusión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la tributación de los recursos de las Afores que reciben los beneficiarios de un trabajador fallecido. El máximo tribunal resolvió que dichos recursos permanecen exentos del ISR, al considerar que se trata de ingresos que ya tributaron durante la vida laboral del titular de la cuenta.

Durante su conferencia matutina, la presidenta fue cuestionada sobre la posibilidad de gravar las herencias y respondió de manera categórica:

“No, no estoy de acuerdo yo con eso”.

Con esta declaración, Sheinbaum buscó despejar la incertidumbre generada tras el debate jurídico en la Suprema Corte y reiteró que el Ejecutivo federal no promoverá reformas para cobrar ISR sobre las sucesiones patrimoniales o los recursos heredados de las cuentas individuales de retiro.

La mandataria enfatizó que la legislación vigente continuará aplicándose sin modificaciones en esta materia.

¿Por qué surgió el debate sobre el ISR en las herencias?

La controversia tuvo su origen en la discusión de la Contradicción de Criterios 49/2026 analizada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El asunto buscaba definir si los beneficiarios de un trabajador fallecido debían pagar Impuesto Sobre la Renta al recibir los recursos acumulados en una cuenta de Afore.

Durante la discusión, la ministra Lenia Batres sostuvo que debía analizarse la posibilidad de gravar las herencias y los legados, al considerar que este tipo de transmisiones patrimoniales contribuyen a mantener desigualdades económicas.

La ministra argumentó que quienes reciben bienes por herencia obtienen un patrimonio que no fue generado directamente por su propio trabajo y planteó abrir un debate legislativo sobre las exenciones fiscales actualmente previstas en la ley.

La Suprema Corte mantuvo la exención del ISR

La mayoría del Pleno de la SCJN rechazó esa postura.

Con seis votos, las ministras y ministros resolvieron que los recursos entregados por una Afore a los beneficiarios legales de un trabajador fallecido no deben pagar Impuesto Sobre la Renta.

El criterio aprobado establece que esos recursos ya fueron gravados durante la vida laboral del trabajador, por lo que volver a cobrar ISR implicaría una doble tributación sobre el mismo ingreso.

La resolución mantiene el criterio de protección patrimonial para los beneficiarios y brinda certeza jurídica sobre el tratamiento fiscal de estos recursos.

¿Qué dice la Ley del ISR sobre las herencias?

El marco legal vigente establece que las herencias y los legados se encuentran exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta.

En particular, el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta contempla que los ingresos obtenidos por concepto de herencia o legado no constituyen un ingreso gravable para efectos de este impuesto, siempre que se cumplan las disposiciones previstas por la legislación fiscal.

Por ello, la resolución de la Suprema Corte es consistente con el régimen jurídico actualmente vigente en México.

Morena también rechazó la propuesta

Tras la discusión en la Suprema Corte, diversas voces del oficialismo manifestaron su desacuerdo con la posibilidad de establecer un impuesto a las herencias.

Entre ellas destacó el coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal, quien aseguró que no existe una iniciativa para gravar las sucesiones patrimoniales ni se contempla promover una reforma en ese sentido.

Asimismo, representantes de organizaciones del ámbito judicial expresaron su postura respecto al debate generado durante la sesión del máximo tribunal.

Contexto: ¿cómo se gravan las herencias en México?

A diferencia de otros países donde existen impuestos específicos sobre las sucesiones o el patrimonio heredado, en México las herencias y los legados gozan de una exención prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta.

El tema ha sido objeto de discusión en distintos momentos debido a que organismos internacionales, académicos y especialistas en política fiscal han planteado la posibilidad de revisar este tipo de gravámenes como herramienta para reducir la concentración de la riqueza. Sin embargo, cualquier modificación requeriría una reforma aprobada por el Congreso de la Unión.

En el caso de las Afores, los recursos acumulados pertenecen al trabajador y forman parte de su ahorro para el retiro. Cuando el titular fallece, dichos fondos pueden ser entregados a sus beneficiarios legales conforme a la Ley del Seguro Social y demás disposiciones aplicables.

Con la resolución de la Suprema Corte y la postura expresada por la presidenta Claudia Sheinbaum, el marco legal permanece sin cambios: las herencias, los legados y los recursos de las Afores entregados a beneficiarios continúan exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta.

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