La dirigencia nacional de Morena, junto a sus diputados y senadores, acordó presentar una nueva iniciativa de reforma constitucional con el objetivo de establecer de manera clara que no procederá el juicio de amparo en el ámbito de reformas constitucionales y electorales.
La propuesta será presentada de manera conjunta por los legisladores, quienes se reunieron por primera vez en pleno con su dirigencia nacional, encabezada por Luisa María Alcalde, para organizar “asambleas informativas” sobre las reformas constitucionales aprobadas recientemente, incluyendo la reforma al Poder Judicial.
Alcalde enfatizó que, aunque la improcedencia del amparo en estas materias ya está claramente establecida en la ley, han habido excesos por parte de jueces, mencionando específicamente a la jueza Nancy Juárez, quien recientemente emitió una suspensión en la que ordenó a la presidencia eliminar una reforma al Poder Judicial del Diario Oficial de la Federación.
Morena ha presentado en el Senado una iniciativa de reforma constitucional que busca elevar a rango constitucional la improcedencia del amparo, acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional en contra de reformas constitucionales. También, para que no proceda el… pic.twitter.com/Qxd7wGX9al
— Francisco Burgoa (@FranciscoBurgoa) October 22, 2024
Estas son algunas claves para entender esta iniciativa de Morena
Antes de darte a conocer las claves de esta iniciativa, cabe destacar que estos cambios propuestos por Morena también pretenden eliminar las propuestas que limitaban la resolución de controversias sobre reformas constitucionales por parte de los tribunales federales, manteniendo únicamente la disposición que prohíbe las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad en relación con las reformas constitucionales. La propuesta implica lo siguiente:
- Implica modificaciones a los artículos 105 y 107 de la Constitución y se tramitará con carácter “prioritario y urgente
- La iniciativa busca elevar a rango constitucional la fracción primera del artículo 61 de la Ley de Amparo, que establece que no procede el juicio de amparo ni ninguna acción derivada de este, como las suspensiones, en contra de reformas a la Constitución
- La reforma no solo se enfocará en el ámbito constitucional, sino que también abarcará la materia electoral.
Por su parte, el senador morenista Saúl Monreal anunció que Gerardo Fernández Noroña y Adán Augusto López serán los encargados de presentar la reforma, subrayando la necesidad de evitar suspensiones similares a la dictada por Juárez. Monreal también sugirió que existen elementos suficientes para considerar un juicio político en su contra por violar la Constitución.
En Morena siguen inventándose iniciativas para que nadie tire su desastrosa reforma judicial. Ahora diputados presentarán una iniciativa sobre improcedencia de juicios de amparo, acciones de inconstitucionalidad o controversias constitucionales. La locura.pic.twitter.com/eMfJfjBodh
— Erika Velasco (@Erika_Velasco_) October 22, 2024
Meten “freno” a la iniciativa y modifican propuesta
Ante la controversia generada por esta iniciativa, Claudia Sheinbaum y Adán Augusto López anunciaron modificaciones a la propuesta.
López indicó que se retirará de la propuesta la modificación al artículo 1 de la Constitución que trata sobre la inconvencionalidad de las normas. La nueva versión de la iniciativa buscará que las normas relacionadas con derechos humanos se interpreten de acuerdo con la Constitución y los tratados internacionales.
La presidenta Sheinbaum defendió la reforma, afirmando que su propósito es “proteger” la Ley de Amparo, reforzando que el juicio de amparo no procede en cambios constitucionales. La modificación implica que el contenido de la Ley de Amparo se incorpore a la Constitución, fortaleciendo la improcedencia del amparo en el contexto de reformas constitucionales.
Con estos cambios, Morena también eliminó propuestas que limitaban la resolución de controversias sobre reformas constitucionales por parte de los tribunales federales, manteniendo únicamente la disposición que prohíbe las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad en relación con las reformas constitucionales.