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México prohíbe los vapeadores: reforma a la Ley General de Salud elimina comercio y protege a usuarios

El dictamen, promovido por el Ejecutivo federal, busca establecer medidas de prevención, reforzar la rectoría sanitaria estatal y blindar los derechos de la población joven ante lo que consideran un mercado lucrativo de productos dañinos
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En una votación histórica, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley General de Salud que prohíbe la producción, comercialización y venta de vapeadores, cigarrillos electrónicos y dispositivos similares en todo el país, aunque aclaró que su consumo y posesión para uso personal no será sancionado.

Con 292 votos a favor en lo particular —mayoría de Morena y sus aliados— y 163 en contra, la reforma fue avalada después de casi nueve horas de debate en la Cámara baja. En su definición, los dispositivos prohibidos incluyen “cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos” que calienten, vaporizan o atomizan sustancias tóxicas, con o sin nicotina.

La medida tiene como objetivos: frenar la venta indiscriminada, proteger la salud pública —especialmente de jóvenes y adolescentes— y cerrar un mercado que, según sus promotores, lucraba con la salud de la población.

Qué sanciona la prohibición y a quién no afectará

La reforma prevé penas de uno a ocho años de prisión, así como multas de hasta 2 000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a más de 226 000 pesos, para quienes fabriquen, distribuyan, vendan, importen o promuevan estos productos.

No obstante, una reserva presentada por el coordinador de Morena, Ricardo Monreal Ávila, y avalada en la votación, especifica que el consumo y la posesión con fines personales no constituyen infracción. “No es delito portar uno o dos cigarrillos electrónicos; el castigo es para quienes lucran con su venta”, declaró.

La reforma añade al artículo 282 quáter de la ley la prohibición integral para la comercialización —fabricación, importación, distribución, publicidad y venta— de estos dispositivos. Además, en el artículo 282 ter se amplía la definición para abarcar a todo sistema que caliente, vaporice o atomice sustancias líquidas, geles, aerosoles, resinas, aceites cerosos u otras formulaciones —con o sin nicotina— susceptibles de ser inhaladas.

Con estos cambios, se busca cerrar vacíos legales y evitar que nuevos productos similares queden fuera del alcance normativo.

Debate y controversias en torno a la regulación del vapeo

Durante el debate legislativo participaron 71 oradores con reservas, lo que evidenció divisiones tanto entre los partidos como dentro de ellos, especialmente en el Partido del Trabajo (PT), donde 30 de sus diputados votaron en contra de la instrucción de su dirigencia, aunque finalmente algunos, incluido el coordinador del bloque, optaron por votar a favor.

La oposición criticó la reforma por considerarla desproporcionada y señalar que podría abrir paso al mercado ilegal. Diputados de partidos como Movimiento Ciudadano advirtieron que la prohibición empujará a jóvenes a buscar productos en el mercado negro, con todos los riesgos que ello implica.

Desde la bancada oficialista, en cambio, defendieron el dictamen como una medida sanitaria necesaria: “no estamos castigando al consumidor, sino cerrando un negocio que pone en riesgo la salud pública”, dijo Monreal Ávila.

Objetivo de salud pública y protección de juventudes

Los defensores de la reforma argumentan que los cigarrillos electrónicos y vapeadores representan una amenaza real: sustancias tóxicas, adicción, riesgos para el sistema respiratorio y cardiovascular, así como efectos negativos en el desarrollo de adolescentes, motivaron la decisión.

El dictamen, promovido por el Ejecutivo federal, busca establecer medidas de prevención, reforzar la rectoría sanitaria estatal y blindar los derechos de la población joven ante lo que consideran un mercado lucrativo de productos dañinos.

La reforma aprobada por la Cámara de Diputados supone un giro profundo en la regulación del vapeo en México: se erradica el comercio y la distribución de cigarrillos electrónicos y vapeadores, mientras se protege el uso personal. Con ello, el Estado aspira a ejercer un control más riguroso en materia de salud pública, aunque el debate sobre sus consecuencias —especialmente el riesgo de mercado negro— apenas comienza.

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