La Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley de Vivienda que otorga nuevas facultades al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y al Fondo de Vivienda del ISSSTE para adquirir terrenos, construir viviendas y destinarlas a venta o renta con recursos propios. El decreto entrará en vigor a partir de este jueves.
La modificación legal busca atender el rezago habitacional en México y ampliar las opciones de acceso a vivienda para trabajadores, sin comprometer la estabilidad financiera de los fondos administrados por estas instituciones, según establece el documento oficial.
Reforma a la Ley de Vivienda: nuevas facultades para Infonavit y Fovissste
La actualización al artículo 56 de la Ley de Vivienda incorpora de manera explícita a los organismos encargados de financiar o construir vivienda para trabajadores, permitiéndoles ampliar su participación en el desarrollo habitacional.
De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, tanto el Infonavit como el Fovissste podrán:
- Adquirir, rehabilitar y construir viviendas
- Realizar demoliciones y proyectos de renovación
- Financiar la autoproducción de vivienda
- Urbanizar terrenos para desarrollo habitacional
- Vender o arrendar viviendas directamente
Estas acciones deberán contar con la autorización de sus órganos de gobierno y alinearse con los programas nacionales de vivienda.
📄 DOF | 29 de abril de 2026: Reforma a la Ley de Vivienda
— Revista Legislatura (@Rlegislatura) April 29, 2026
📌 Se publica reforma que redefine el concepto de vivienda adecuada, incorporando criterios como accesibilidad, habitabilidad, servicios básicos, ubicación y seguridad en la tenencia.
🏠 Prioriza a grupos vulnerables… pic.twitter.com/BKBRHHv14L
Garantías financieras: protección a los fondos de vivienda
El decreto subraya que ninguna de estas actividades podrá poner en riesgo la estabilidad financiera de los fondos de vivienda.
“El patrimonio de los fondos y los derechos de las personas trabajadoras deberán salvaguardarse en todo momento”, establece el documento. Esto implica que:
- No se comprometerá la solvencia de los organismos
- Se respetarán los derechos adquiridos de los derechohabientes
- Las operaciones deberán ser financieramente sostenibles
Desarrollo habitacional y servicios complementarios
La reforma también permite que los conjuntos habitacionales incluyan espacios adicionales, más allá de la vivienda.
Los proyectos podrán integrar:
- Unidades destinadas a servicios complementarios
- Espacios comerciales o comunitarios
- Infraestructura urbana asociada
Asimismo, las instituciones podrán transmitir bienes inmuebles de su propiedad conforme a la normativa aplicable.
Subsidios y enfoque social en la vivienda
El decreto establece que los programas federales de subsidio a la vivienda deberán ajustarse al Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente.
Las autoridades deberán priorizar:
- Personas en situación de pobreza o vulnerabilidad
- Beneficiarios con menores ingresos
- Esquemas diferenciados según capacidad económica
Esto refuerza el enfoque social de la política de vivienda en México.
¿Qué es la “vivienda adecuada” según la reforma?
Uno de los puntos clave de la modificación es la incorporación del concepto de vivienda adecuada, alineado con estándares internacionales.
Una vivienda adecuada debe garantizar:
- Asequibilidad
- Habitabilidad
- Accesibilidad
- Disponibilidad de servicios
- Ubicación adecuada
- Seguridad en la tenencia