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Obras creadas con IA no tendrán derechos de autor en México: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ) resolvió que las obras generadas con inteligencia artificial no pueden ser registradas con derechos de autor, al considerar que la creatividad reconocida por la legislación mexicana es exclusivamente humana.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las obras generadas con inteligencia artificial (IA) no pueden ser registradas con derechos de autor, al considerar que la creatividad reconocida por la legislación mexicana es exclusivamente humana.

De acuerdo con el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor), el marco jurídico vigente protege únicamente las expresiones que derivan de la mente y el talento de las personas, por lo que las producciones creadas total o parcialmente por sistemas automatizados carecen de la originalidad necesaria para recibir protección legal.

“La creatividad protegida por la ley es exclusivamente humana”, precisó Indautor en referencia al fallo que sienta un precedente en el país frente al acelerado avance de la inteligencia artificial en campos artísticos, literarios y tecnológicos.

Con esta determinación, México se suma a la postura adoptada en otras jurisdicciones como Estados Unidos y la Unión Europea, donde los tribunales y oficinas de propiedad intelectual han concluido que las obras creadas de manera autónoma por algoritmos no son susceptibles de derechos de autor.

La resolución, sin embargo, abre un debate crucial: ¿qué ocurre con aquellas producciones híbridas en las que un ser humano emplea la IA como herramienta de apoyo creativo? La Corte no cerró la puerta a este escenario, pues los jueces destacaron que los derechos podrían reconocerse siempre que se demuestre la intervención sustantiva del autor humano en el resultado final.

Especialistas en propiedad intelectual advierten que la decisión marcará las reglas del juego para artistas digitales, desarrolladores y empresas tecnológicas en México. “Este fallo delimita claramente que la protección recae en la autoría humana. La IA puede ser un instrumento, pero no un sujeto de derechos”, señaló un abogado consultado.

En un contexto global donde las herramientas de generación de texto, imagen, música y video proliferan a gran velocidad, el pronunciamiento de la SCJN representa un parteaguas en la discusión sobre los alcances legales de la inteligencia artificial en la cultura y la economía creativa.

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