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Ministra Lenia Batres impedida de participar en amparo promovido por Ricardo Salinas Pliego

Al principio de la sesión privada, Batres estuvo presente y permitió que el quorum se cumpliera, pero se retiró antes de que se hiciera el receso
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La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama, quedó impedida ayer de participar en la revisión del amparo que el empresario Ricardo Salinas Pliego promovió en diciembre de 2021. Este amparo buscaba impugnar la solicitud que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) realizó a las entidades financieras y casas de bolsa para conocer la información patrimonial del magnate.

El recurso de impedimento 45/2024, interpuesto por Salinas Pliego, fue aprobado por unanimidad en la sesión pública de la Segunda Sala, un proceso que no pudo continuar debido a que Batres Guadarrama abandonó el salón en protesta antes de un receso, lo que provocó la falta de quorum necesario para continuar la sesión.

A favor del impedimento votaron los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán (ponente) y Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien, aunque integrante de la Primera Sala, se incorporó para votar específicamente en este asunto. El ministro Pérez Dayán, quien presentó la propuesta, explicó que la recusación de Batres era válida debido a la falta de objetividad de la ministra para conocer el amparo, ya que la ley establece que un juez debe abstenerse cuando existe enemistad manifiesta con alguna de las partes involucradas en el caso.

El impedimento se basó principalmente en publicaciones realizadas por Batres Guadarrama desde 2014 en la red social X (antes Twitter), en las cuales empleó calificativos y comentarios despectivos hacia Ricardo Salinas Pliego. Estos tuits fueron presentados por la Corte en un comunicado oficial, en una acción poco común, como prueba de la enemistad manifiesta que justificó el impedimento.

Al principio de la sesión privada, Batres estuvo presente y permitió que el quorum se cumpliera, pero se retiró antes de que se hiciera el receso que permitió a Pardo votar. Tras su retiro, Batres expresó en X que su salida fue en protesta por lo que consideró una violación al reglamento interior de la SCJN, señalando que el acto era un “sometimiento y complicidad” con los intereses de los poderes fácticos del país.

Como resultado de la ausencia de Batres, la sesión de la Segunda Sala se interrumpió por falta de quorum, lo que aplazó la resolución de 36 asuntos pendientes. Sin embargo, la Primera Sala de la SCJN desechó por unanimidad otro recurso de impedimento, el 2/2025, promovido por Grupo Elektra, propiedad de Salinas Pliego, que buscaba que se declarara impedidos a Batres y a Pérez Dayán para conocer otro recurso relacionado con el empresario.

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