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La Cámara de Diputados aprueba la inclusión de los trabajadores de plataformas digitales en la Ley Federal del Trabajo

Las empresas de plataformas digitales deberán seguir una serie de reglas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales de sus empleados.
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La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reconoce los derechos laborales y de seguridad social para las y los trabajadores de plataformas digitales. Con esta reforma, que adiciona artículos a la Ley Federal del Trabajo, se establece un marco legal para formalizar la relación laboral entre las empresas de plataformas digitales y sus empleados, garantizando sus derechos y beneficios como trabajadores subordinados.

El dictamen fue aprobado en lo general con 462 votos a favor y, en lo particular, con 389 votos a favor y 65 en contra. Ahora, el documento será enviado al Senado de la República para su revisión y efectos constitucionales. La reforma establece que las plataformas digitales, entendidas como un conjunto de mecanismos, aplicaciones y sistemas que asignan tareas, servicios y trabajos a personas trabajadoras en favor de terceros, son responsables de garantizar una relación laboral formal y subordinada.

Definición del trabajo en plataformas digitales

Según la reforma, el trabajo de plataformas digitales se considera una relación laboral subordinada, en la que las personas trabajadoras desempeñan actividades remuneradas que requieren presencia física para la prestación del servicio. Esta relación está gestionada por una persona física o moral a través de una plataforma digital, utilizando tecnologías de la información y comunicación para ejercer el mando y la supervisión sobre el trabajador.

Las empresas de plataformas digitales deberán seguir una serie de reglas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales de sus empleados. Entre estas, se establece que los trabajadores participarán en el reparto de utilidades reconocidas por la Constitución, siempre y cuando hayan laborado más de 288 horas al año.

Además, se señala que el salario de los trabajadores se fijará en función de la tarea, servicio, obra o trabajo realizado, e incluirá el proporcional de los días de descanso semanal, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo. Asimismo, el tiempo destinado para la plataforma será determinado por el trabajador.

Sanciones y medidas para garantizar derechos

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral será el encargado de autorizar y registrar los contratos laborales de los trabajadores de plataformas digitales, además de aplicar sanciones a los empleadores que incumplan con las disposiciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo. En cuanto a la reinstalación de los trabajadores, se establece que las empresas de plataformas digitales estarán exentas de la obligación de reincorporar a sus empleados mediante el pago de indemnizaciones, salvo en casos de violación a derechos colectivos como la libertad de asociación, el derecho de huelga y la contratación colectiva.

La reforma también subraya que las plataformas digitales deben observar una perspectiva de género para proteger a los trabajadores de actos de discriminación, violencia laboral, acoso sexual y hostigamiento. Además, se debe permitir la conciliación entre la vida laboral y personal de los empleados.

Prohibiciones y medidas contra abusos

Se establecen diversas prohibiciones para las empresas de plataformas digitales. Estas no podrán cobrar a los trabajadores por la inscripción, el uso, la separación u otros conceptos relacionados con la relación laboral. Asimismo, se prohíbe el trabajo de menores de edad, la retención de dinero de los trabajadores fuera de los conceptos establecidos en la ley y la simulación de vínculos laborales mediante contratos de carácter civil, mercantil o de otro tipo.

Además, se prohíbe el encubrimiento o la manipulación de los ingresos de los trabajadores con el fin de evitar su clasificación como trabajadores subordinados de plataformas digitales.

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