La ciudad observa con expectación el proceso legal que recientemente ha vinculado a proceso a Lex Ashton “N”, de 19 años, bajo los cargos de homicidio calificado y tentativa de homicidio por los hechos suscitados en el Colegio de Ciencias y Humanidades (CCH) Plantel Sur de la UNAM. Un juez de control capitalino decidió imponerle prisión preventiva en el Reclusorio Oriente mientras avanza la investigación complementaria, misma que se ha planteado con un plazo de tres meses para su conclusión.
El acto violento ocurrió el 22 de septiembre de 2025, cuando Ashton ingresó al plantel; el saldo fue la muerte de un estudiante y heridas graves a un trabajador universitario. Al intentar huir, sufrió una caída que lo lesionó, y fue arrestado tras recibir atención médica, lo cual ha servido como uno de los ejes de la imputación de la Fiscalía. En este marco, la defensa ha levantado una polémica fuerte: acusa al juez de haber desestimado los dictámenes privados sobre el estado mental del acusado y de no garantizar la protección debida de su salud psiquiátrica durante el encierro.

Desde el inicio del proceso, la defensa interpuso estudios psicológicos y psiquiátricos donde se documenta que Ashton fue tratado desde su minoría de edad por padecimientos psicóticos. Estas pruebas pretenden demostrar que el joven podría ser inimputable, al no haber contado con plena capacidad de entender la criminalidad o de controlar sus actos. Sin embargo, el impartidor de justicia negó la incorporación de esos estudios en el expediente y ordenó que sean instancias oficiales las que realicen las evaluaciones correspondientes. Esta decisión derivó en reproches vehementes del abogado defensor, quien advierte que el sistema penitenciario carece del soporte psiquiátrico especializado que el acusado requeriría.
El escenario judicial se torna complejo: por un lado, está el deber del Estado de perseguir la justicia por un homicidio cometido en un recinto educativo; por otro, la obligación de garantizar un proceso justo y respetuoso de los derechos humanos, especialmente cuando existen indicios —según la defensa— de enfermedad mental. Esa tensión entre seguridad, rigor procesal y salud mental será central en los próximos meses de investigación. La Fiscalía y el juez deberán decidir si aceptan la posibilidad de que el caso sea atendido bajo la lógica de la responsabilidad penal plena o bajo la exención de dicha responsabilidad por padecimiento mental.

Las repercusiones de este proceso no se limitan al ámbito judicial. En la opinión pública se debate la prioridad que debe darse al tratamiento psiquiátrico dentro de los reclusorios, el rol de los informes privados frente al control judicial, y la forma en que el Estado enfrenta casos de jóvenes que mostraban señales de alerta en redes y espacios en línea. Detrás del expediente y las audiencias hay un conjunto de dilemas: la seguridad en las universidades, la atención a la salud mental en contextos institucionales, la capacidad del Poder Judicial para dirimir ciencias médicas, y la confianza ciudadana en que las autoridades actúan con equidad y responsabilidad.
Durante los tres meses que restan de la fase investigadora habrá audiencias, peritajes oficiales, cruces de versiones y decisiones limitantes. Pero más allá de la resolución judicial, el caso Lex Ashton representa una prueba para la justicia mexicana.