El Congreso de Puebla aprobó la Ley de Voluntad Anticipada, sumándose así a otras entidades que cuentan con esta normativa, como Ciudad de México, Coahuila y Aguascalientes, entre otras.
La nueva ley permite a las personas en situación terminal optar por recibir solo cuidados paliativos, con el objetivo de concluir su vida de manera digna, evitando tratamientos que busquen prolongar innecesariamente su sufrimiento.
La ley fue aprobada en lo general durante una sesión ordinaria, el pasado lunes, con 34 votos a favor, dos en contra y cuatro abstenciones. Con su publicación en el Periódico Oficial del Estado, entrará en vigor, brindando un marco legal claro para que los pacientes terminales tomen decisiones informadas sobre sus tratamientos médicos.
Objetivo de la Ley
La Ley de Voluntad Anticipada tiene como finalidad permitir que las personas en situación terminal puedan decidir sobre su cuidado médico, garantizando que solo reciban tratamientos paliativos que no pretendan modificar su estado de salud. Esta normativa se diferencia de la eutanasia, ya que no acelera la muerte del paciente, sino que evita procedimientos que prolonguen la agonía.
Procedimiento para solicitarla
Para acogerse a esta ley, el paciente debe estar en pleno uso de sus facultades y acudir a un notario público para firmar un documento que avale su solicitud. En el caso de menores de edad, los padres o tutores deben realizar el trámite.
El formato debe ser llenado personalmente por el paciente, en presencia de un notario público o personal de salud autorizado, junto con dos testigos. El documento debe incluir datos personales, el nombramiento de un representante y la manifestación de la voluntad de donar o no sus órganos. Según información del Gobierno de México, el 50 % de las personas que han firmado una voluntad anticipada han optado por la donación de órganos.
De manera preventiva, cualquier persona mayor de edad puede firmar su voluntad anticipada, independientemente de su estado de salud. Para ello, deben acreditar su identidad, elegir a sus representantes y expresar su voluntad ante un notario público.