El presidente Andrés Manuel López Obrador modificó el reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, con el objetivo de endurecer las reglas y evitar maltrato físico y psicológico, así como el acoso sexual en las instalaciones de las escuelas militares.
A través de un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, se introducen cambios significativos al Artículo 140, reformando su primer párrafo y varias fracciones, además de añadir nuevas disposiciones.
Entre los cambios, se especifica que el maltrato físico, psicológico o cualquier acción que provoque lesiones o ponga en peligro la vida de un alumno será causa de baja. Esta medida aplica tanto a las escuelas de formación de Oficiales como de Clases.
Estas modificaciones ocurren seis meses después de un incidente en Ensenada, Baja California, donde un mando militar obligó a estudiantes a lanzarse al mar, resultando en la muerte de siete cadetes. Este suceso subrayó la necesidad urgente de reformar las normas para evitar situaciones similares en el futuro.
#5deAgosto2024 Se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.@SEDENAmx
— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) August 5, 2024
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Nuevas causales de baja en el reglamento
El nuevo reglamento establece que cualquier acción que provoque lesiones o ponga en peligro la vida de un alumno, ya sea durante actividades administrativas, deportivas o de adiestramiento, será motivo de expulsión. Además, se prohíbe estrictamente el maltrato físico, de palabra o psicológico entre los discentes.
Otra novedad es la inclusión de sanciones por negarse a proporcionar muestras de sangre o de orina para descartar el consumo de sustancias prohibidas. También se establece la prohibición de realizar actividades que involucren la integridad física de los alumnos, incluso cuando estos se encuentren fuera de las instalaciones militares.
Acoso y redes sociales
El reglamento también aborda el uso de redes sociales, prohibiendo la publicación, exposición o distribución de imágenes que puedan afectar la disciplina militar o la imagen de la institución. Asimismo, se contempla la baja por hostigamiento y acoso sexual, con la condición de que estas acusaciones sean debidamente acreditadas por el Comité para la Prevención y Atención del Hostigamiento y Acoso Sexual de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Restricciones sobre tatuajes y perforaciones
En cuanto a la apariencia personal, el nuevo reglamento prohíbe los tatuajes visibles de más de 10×10 centímetros o que ocupen más del 10% del cuerpo, especialmente aquellos que hagan apología del delito o sean ofensivos a la moral. Las perforaciones también están restringidas, excepto las permitidas para el personal femenino en los lóbulos de las orejas.