La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó por unanimidad la impugnación presentada por la ministra Loretta Ortiz contra el Instituto Nacional Electoral (INE), que la acusó de vulnerar la equidad de la contienda electoral.
Los magistrados respaldaron la propuesta del Magistrado Felipe de la Mata, declarando el recurso extemporáneo. El Tribunal aclaró que la notificación válida para computar el plazo legal es la primera que se realiza, en este caso la de estrados, no la que posteriormente recibió la ministra por correo electrónico.
El caso se originó cuando la Comisión de Quejas del INE determinó el 13 de abril que la ministra Ortiz, quien busca mantenerse en la Suprema Corte, había vulnerado las reglas de equidad electoral debido a publicaciones realizadas a su favor por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) en redes sociales. El INE ordenó al SME eliminar dichas publicaciones para evitar el riesgo de generar inequidad en la contienda.
🚨⭕️ LO DICHO: Tribunal Electoral, en sesión privada, desechó por UNANIMIDAD, la impugnación de Loretta Ortiz que controvierte medidas cautelares de la Comisión de Quejas del INE consistentes en el retiro de diversas publicaciones, lo anterior, porque presentó el recurso fuera… https://t.co/KB6do4YcEE pic.twitter.com/idFHDMywAa
— Ernesto Guerra | #ÚltimaLegislativa🗳️ (@ErnestoGuerra_) April 21, 2025
Según el Tribunal, la ministra tenía hasta las 12:05 horas del 16 de abril para presentar su impugnación, pero lo hizo hasta las 13:25 horas, excediendo el plazo legal de 48 horas establecido para interponer recursos de este tipo.
El organismo electoral explicó que, aunque la ministra argumentó que el plazo debía contarse a partir de la notificación por correo electrónico, esta se realizó solo después de que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral acudiera al domicilio señalado para recibir notificaciones sin encontrar a nadie presente.